El juzgado obliga a un banco a devolver 114.000 € a una familia de Agolada

Declara probado que ni J.A.C.N. ni sus padres ordenaron la suscripción de participaciones preferentes y que la entidad Ceiss incluso falsificó sus firmas

Una familia del concello dezano de Agolada, J.A.C.N. y sus padres, O.C.P., y M.C.N.O, estos últimos de 67 años de edad, recibirán los 114.000 euros que, entre los tres, tenían invertidos en participaciones preferentes, sin ellos saberlo ni haber firmado la adquisición de las mismas, más los intereses legales de demora desde la fecha de operación bancaria fraudulenta, que se remonta al 15 de mayo del año 2009. Fue en esa jornada, a las nueve de la mañana, cuando el banco Ceiss (Banco de Caja de España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.U.) registró la supuesta compra de preferentes por parte de los demandantes, falsificando incluso sus firmas. Así lo declara probado en una sentencia dictada el pasado 26 de marzo por el Juzgado de Instrucción número 1 de refuerzo de A Coruña. Contra el fallo judicial cabía recurso de apelación, ante el mismo juzgado, pero la entidad demandada no apeló y la sentencia es ya firme.

Esta familia agolense tramitó sus denuncias, tres, una por cada afectado, a través de MVP Abogados, una empresa y bufete que ofrece asesoramiento integral en materia jurídica y que representa a varios afectados de toda Galicia por las preferentes. Las tres sentencias dictadas declaran la «nulidad absoluta» de los tres contratos y establecen la obligatoriedad de indemnizar a los progenitores y a su hijo con el pago de la cantidad total de 114.000 euros.

La cifra, desglosada, supone 72.000 euros de J.A.C.N., 21.000 euros de su padre O.C.P. y otros 21.000 de su madre. Pero cada uno de ellos recibirá, además, los intereses legales de demora desde la fecha de la supuesta contratación de las preferentes, esto es, desde mayo de 2009. Además, la jueza Sol Rois Fernández le impone al banco Ceiss el abono de las costas.

DESDE OTRA ENTIDAD. Lo llamativo de este caso, según recoge la página 14 de una de las tres sentencias, es que «nunca pisó la sucursal, ni conocía a la directora y nunca firmó nada de los documentos».

Otra singularidad es que el dinero ‘invertido’ en las preferentes salió de tres depósitos de otra entidad bancaria, el Banco Etcheverría, en el que los ancianos figuraban como titulares y el hijo como mero autorizado simple.

«Nunca pisó la sucursal, ni conocía a la directora y nunca firmó nada de los documentos», señala el fallo judicial, que es firme

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