El TSXG rechaza el recurso de apelación presentado por el acusado por el crimen de la Play Station

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) rechazó hoy el recurso de apelación presentado por Juan Ramón González, condenado a 15 años de prisión en 2007 por matar a un amigo tras una discusión ocasionada por la propiedad de una videoconsola, en el conocido como crimen de la Play Station. Los hechos ocurrieron el 13 de junio de 2007 en la localidad pontevedresa de Cambados.

El recurso presentado por el abogado del acusado se basa, en primer lugar, en "evidentes contradicciones de los testigos, razones de resentimiento y la obtención de un beneficio". Sin embargo, el TSXG considera que la sentencia se basa en "conclusiones razonables, y desde luego no arbitrarias" y cree que las circunstancias en las que se produjo el crimen ponen de manifiesto que "la intención del acusado no era solo la de intimidad a la víctima, ni siquiera la de lesionarla, sino, por el contrario, la de acabar con su vida".

En cuanto a la posible improcedencia de imponer al acusado la pena máxima prevista en la legislación vigente por homicicio, teniendo en cuenta su edad (22 años), su adicción a las drogas y su escaso nivel cultural y madurez psicológica --al matar a la víctima para recuperar una videoconsola--; el TSXG entiende que estas circunstancias demuestran el "escaso valor que para el acusado representa la vida ajena, lo que no es de ecomiar ni exculpar".

Asimismo, el tribunal también se negó a reducir las indemnizaciones que el condenado deberá pagar al hijo de la víctima y a sus padres, ya que valora que estas no se basan en la dependencia económica sino en el daño moral causado.

CONDENADO POR HOMICIDIO

La Audiencia Provincial de Pontevedra condenó el pasado mes de abril a Juan Ramón González a quince años de prisión por un delito de homicidio, al ratificar la decisión del jurado popular, que lo encontró culpable de matar a un amigo porque éste no le devolvía varias de sus pertenencias, una videoconsola que le había prestado.

En la sentencia, la magistrada de la Sección Cuarta de la Audiencia pontevedresa considera probado que el acusado, tras un forcejeo entre ambos, acuchilló a su amigo cuando acudió a su casa para exigirle la devolución de los objetos de su propiedad, tras lo que se deshizo de los dos cuchillos y cambió su ropa ensangrentada por otra limpia, antes de ser detenido por la Guardia Civil.

Al igual que el jurado, la sentencia avala la declaración de la madre de la víctima, la única persona que durante la vista oral aseguró haber visto como el acusado acuchillaba a su hijo, y los informes de los forenses que descartaban que la muerte hubiese sido accidental y que el acusado hubiese actuado bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.

Además de la pena de prisión, la Audiencia de Pontevedra concede al hijo y a los padres de la víctima, Marcos Muñiz, las indemnizaciones que solicitaba la acusación particular, que ascienden a un total de 240.000 euros, 200.000 de los cuales corresponderían al menor, que en el momento de los hechos aún no había nacido, pues la novia de la víctima se encontraba embarazada de varios meses.

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