Estrasburgo decidirá sobre la disputada herencia de un emigrante de Meis

Amparo (izqda.) y Lola, acompañadas por el abogado que las representa. archivo
photo_camera Amparo (izqda.) y Lola, acompañadas por el abogado que las representa. archivo

RIBADUMIA. Lola, Amparo y Ana Domínguez Arcos, tres hermanas que sostienen ser nietas de un vecino de Meis fallecido en Argentina sin dejar descendencia, al que le atribuyen un patrimonio formado por 62 fincas que su abogado valora en diez millones de euros, anunciaron la presentación de un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo después de que hubiesen sido desestimadas sus demandas.

El abogado Fernando Osuna, que representa a dos de las tres hermanas, explicó que la denuncia contra el Estado español se basa en que incumplió el Convenio para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales, al desestimar el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Cambados su demanda de filiación.

En esta defendían que su padre, fallecido en 1971, era un hijo no reconocido de José Benito Torres Bouzas, que falleció en 1954 en Argentina sin dejar descendencia y al que se le atribuye un «cuantioso patrimonio» situado en el municipio de Meis.

Reparación

En su demanda, el letrado reclama para Lola y Amparom que residen en Sisán (Ribadumia) y Dènia (Alicante), una «satisfacción equitativa» que permita la «reparación efectiva del daño», que, entiende, supuso la desestimación de su demanda.

Esta pasaría por la anulación de la sentencia dictada en julio de 2010 en Cambados y el reconocimiento de que son nietas de José Benito Torres o, en caso de «no poder tramitarse este proceso», por una indemnización de 200.000 euros, que justifica por el «daño moral» que se les habría causado y los costes del procedimiento.

Tanto el Juzgado de Cambados como la Audiencia Provincial de Pontevedra denegaron la prueba de ADN que solicitaron de un familiar al que consideran el único miembro vivo de la familia.

Posteriormente, este caso fue llevado al Tribunal Supremo, que no admitió a trámite el recurso, por lo que recurrieron posteriormente al Tribunal Constitucional, por entender que se habían vulnerado sus derechos a la tutela judicial efectiva y a utilizar todos los medios de prueba.

Sin embargo, este recurso fue desestimado por el Constitucional y, por este motivo, sus defendidas enviaron hoy su reclamación al Tribunal de Estrasburgo.

Para el letrado resulta injusto que porque su padre no reclamase la filiación «en unos tiempos adversos», estas hermanas se vean ahora “condenadas de por vida a no tener los apellidos de su abuelo”. A este respecto, Osuna ha incidido en que en los años 40 «era muy difícil, si no imposible, reconocer a un hijo fuera del matrimonio en un núcleo de población reducido, donde todo el mundo se conocía».

De hecho, el abogado defiende que «la única solución era ocultar la paternidad, aunque en la intimidad se acercase a su pareja y a su hijo» y sostiene que José Benito Torres Bouzas mantuvo «esa “convivencia semiclandestina», así como que la condición del padre de estas hermanas como hijo de este emigrante era un «hecho notorio, público, conocido por la inmensa mayoría de los vecinos de la localidad».

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