"O Concello actuou coa sentenza como o alumno que suspende e oculta as notas"

La auditoría a Urbaser en Marín, declarada nula por tener "defectos formales"

Una sentencia condena al Concello a anular la multa de 180.000 euros€ interpuesta en 2014 a la empresa de recogida de basura ►El Gobierno local ha anunciado que recurrirá la decisión
El Pleno debatirá prorrogar temporalmente el contrato a Urbaser, que acaba el 1 de febrero.
photo_camera El Pleno debatirá prorrogar temporalmente el contrato a Urbaser, que acaba el 1 de febrero.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Pontevedra ha dictado sentencia sobre el recurso que Urbaser interpuso a la multa de 180.000 euros que el Concello le obligaba a pagar por incumplimiento de contrato y vulneración de la normativa sanitaria. La Justicia ha desestimado dicha multa amparándose en que la auditoría que se le realizó Urbaser, documento con el que la Administración marinense respaldaba su sanción, contiene "graves errores formales" en su ejecución. Asimismo, la sentencia considera que el Concello de Marín no ha aportado a la tramitación el número suficiente de datos objetivos, por lo que no ha respetado "la presunción de inocencia".

De esta forma, la magistrada encargada del proceso judicial, María Dolores López López, ha estimado el recurso contencioso- administrativo a instancia de Urbaser frente al Concello de Marín, al que condena a pagar los gastos de defensa y representación, que ascienden a 800 euros.

El informe auditor sólo estudió el 10% de los contenedores y basó sus conclusiones en el primer pliego firmado en 2001

El origen de la multa económica de 180.000 euros está en un acuerdo plenario de mayo de 2014, en el cual la Corporación municipal acuerda sancionar a Urbaser por haber incumplido las obligaciones que contenía el pliego de condiciones bajo el que la empresa prestaba el servicio de recogida de basuras al municipio. La sanción se divide en dos cuantías: 40.000 euros, por no seguir la normativa sanitaria al no llevar a cabo "el lavado de los contenedores (...) y el entorno de los colectores", y 140.000 euros por "interrupción de las actividades normales".

La decisión de ‘castigar’ a Urbaser viene dada por la mala gestión que la empresa estaba haciendo del servicio, que el Gobierno local consideraba ineficiente e insuficiente. Para constatar dichas acusaciones, encargó a la entidad Lagares Oca un informe-auditoría, que ha sido, finalmente, lo que ha jugado en contra del Concello marinense.

"FALTA DE RIGOR". Ante esta coyuntura, Urbaser interpuso un recurso contencioso en septiembre de 2014 para tumbar la versión del Concello, alegando que la auditoría se había realizado "con graves defectos formales", lo que, a su juicio, y finalmente, también al de la magistrada, "vulnera el principio de presunción de inocencia".

A lo que se refiere Urbaser con esos defectos es a lo que considera un mal muestreo a la hora de estudiar el número de contenedores, pues siendo 597 el total de ellos, "el estudio de 27 no llega ni al 10%", detallan. La Justicia cree que, ante este reducido número de contenedores estudiados, las conclusiones de la auditoría "no son válidas" para fundamentar "una interrupción total del servicio, y menos una infracción de la normativa sanitaria".

CONTRADICCIONES. Otra de las razones por las cuales no se le ha dado validez a la auditoría es que todo su estudio se basó en el contrato que Urbaser y el Concello de Marín firmaron al inicio de su relación empresarial, en el 2001, "sin tener en cuenta en ningún momento", destaca la sentencia, "las variaciones sufridas" en el acuerdo. Entre los cambios a los que se hace referencia está la adquisición de diversa maquinaria, el cambio en las rutas a realizar por los operarios y los horarios del servicio.

A mayores, los autores del informe auditor aseguraron ante el juzgado que no habían intentado hacer una "valoración global del servicio", algo que se contradice con las intenciones el Concello al encargar el estudio, pues sólo analizando globalmente el mismo se puede acusar a Urbaser de incumplimiento de contrato y de incurrir en infracciones en la normativa sanitaria.

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