La Xunta pierde la primera batalla judicial por la urbanización de Major

Terrenos donde se prevé levantar la urbanización
photo_camera Terrenos donde se prevé levantar la urbanización

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Xunta en las que pedía la paralización del Suelo Urbanizable (SU) 22 de Major, que prevé la construcción de un total de 175 viviendas unifamiliares y que promueven las empresas París Dakart Área Recreativa S.A. e Inmobiliaria Nino Mirón S.L.

La Administración autonómica interpuso el verano pasado un contencioso administrativo contra el Concello, tras hacer éste caso omiso a un requerimiento emitido en junio para que suspendiera la tramitación de esta urbanización. La Consellería de Medio Ambiente asegura que es irregular por no contar con un informe de Evaluación Ambiental Estratégica.

Pero ahora la Xunta ha perdido la primera batalla judicial. El juez, en su auto, afirma que el letrado de la Administración autonómica omite el hecho de que en el momento de entablar el recurso el Plan Parcial objeto del litigio ya había sido aprobado. En este sentido, destaca que la afirmación de que sólo con la entrada en vigor de la Ley 6/2007 de 11 de mayo se tendrá que incorporar el polémico informe es “una cuestión de interpretación discutible”. Asimismo, argumenta que el área de Medio Ambiente no ha sido capaz de concretar los motivos por los que la aprobación de esta urbanización supone una incidencia negativa en la naturaleza.

Al respecto, el juez destaca que los servicios jurídicos de la Consellería sólo detallan “los extremos sobre los que tendría que versar la Evaluación Ambiental Estratégica”. El Ayuntamiento siempre ha defendido que la Xunta no solicitó en el plazo que marca la Ley (seis meses) el polémico informe.

El Concello remitió a Medio Ambiente el 4 de agosto de 2006 el proyecto y el 1 de marzo de 2007 el director xeral de Desenvolvemento Sostible pedía la evaluación ambiental del plan. Las promotoras de la urbanización quisieron saber, cuando la Consellería interpuso el recurso, la opinión de Garrigues acerca de si la urbanización se podía dar por aprobada por silencio administrativo o si, por el contrario, necesitaba el informe demandado.

El documento realizado por la firma de abogados incidía, entonces, en que no era necesario someter el Plan Parcial a evaluación ambiental, ya que la normativa aplicable durante el proceso de elaboración del proyecto fue la contenida en la Ley 9/2002. Este informe avaló la decisión del Concello de seguir adelante con la tramitación.

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