Los tribunales españoles tendrán la potestad de aplicar caso por caso la sentencia

Los tribunales españoles serán los que a partir de hoy tendrán la potestad de aplicar caso por caso la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ha tumbado la doctrina Parot y ha exigido la excarcelación de la etarra Inés del Río.

Como han explicado en rueda de prensa los ministros de Justicia e Interior, Alberto Ruiz-Gallardón y Jorge Fernández Díaz, respectivamente, la Audiencia Nacional, en el caso de los delitos de terrorismo, y las provinciales para el resto de condenados a los que se aplicó la doctrina Parot, tendrán que resolver los "hipotéticos pero previsibles" recursos de los penados.

"Tendrán que analizar caso por caso si resulta aplicable. No hay una doctrina generalizada. Hay que individualizar cada una de las peticiones y habrá que resolverlas", ha puntualizado Ruiz-Gallardón, antes de recordar que son los tribunales que sentenciaron a los posibles beneficiarios los responsables ahora de excarcelarlos o no.

Después del fallo de hoy, un número de presos que los ministros no han podido cuantificar podrían beneficiarse de la derogación de la doctrina Parot y salir de prisión, toda vez que su estancia en la cárcel se había visto alargada al computarse los beneficios penitenciarios a cada una de las penas y no sobre el periodo de cumplimiento máximo de 30 años.

Gallardón y Fernández Díaz han insistido en que el Gobierno hizo lo que estaba en sus manos para que el TEDH mantuviera la doctrina, pero lo que ocurra a partir de ahora no será por una decisión gubernamental sino judicial.

La doctrina Parot, han recordado, no fue elaborada por el Gobierno ni una política de éste, sino un criterio jurisdiccional del Tribunal Supremo que avaló el Constitucional, órganos en los que el Ejecutivo confió y por eso recurrió a Estrasburgo su primera decisión de excarcelar a Del Río porque se habían vulnerado dos artículos del convenio europeo de derechos humanos.

A pesar de que etarras como Domingo Troitiño, autor de la matanza de Hipercor, y presos comunes como uno de los asesinos de las niñas de Alcàsser pueden salir a la calle tras este fallo, los ministros han recordado que no puede aplicarse la sentencia a los condenados a partir de la reforma del Código Penal de 1995.

Esa reforma, que excluyó las redenciones de la pena por trabajo penitenciario e introdujo el cumplimiento íntegro de las penas, así como la modificación del Código Penal que ya está en tramitación y que incluye la prisión permanente revisable para los delitos más graves, evitarán que puedan salir a la calle en igualdad de condiciones un condenado por un asesinato que uno por veinte.

Lo único que queda en manos del Gobierno es no pagar a Inés del Río, y eventualmente a otros casos que puedan producirse, la indemnización a la que le condena el TEDH, que exige al Estado español que indemnice con 30.000 euros a la etarra por los daños morales de haber pasado en prisión más tiempo y con 1.500 por las costas del proceso judicial.

Según ha explicado Ruiz-Gallardón, el Estado no pagará a Del Río estas cantidades, ya que tuvo que hacerse cargo de las elevadas indemnizaciones por resarcimiento a las víctimas de sus atentados porque ella se declaró insolvente y, por tanto, se lo descontará de la deuda que ha contraído con las arcas estatales.

Aunque el ministro del Interior no ha concretado el número de presos que podrían demandar su puesta en libertad, su departamento cifró recientemente en 61 los etarras que en una primera fase se beneficiarían, además de seis grapos y quince delincuentes comunes.

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