Oubiña pide la suspensión de su ingreso en prisión "por una grave enfermedad"

 El abogado del 'narco' Laureano Oubiña ha pedido la suspensión de su ingreso en prisión para el cumplimiento de una condena de 4 años y 7 meses de cárcel, confirmada hoy por el Tribunal Supremo, y ha alegado que padece "una grave enfermedad" de la que está siendo tratado en un centro hospitalario.

La defensa del narcotraficante, que ejerce el letrado Joaquín Ruiz-Giménez, ha hecho esta petición en un escrito remitido a la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, a la que corresponde ejecutar la sentencia que ha confirmado hoy el Supremo, han informado fuentes jurídicas.
 
Ante esta solicitud, la Sala pedirá la correspondiente documentación para acreditar la dolencia y el tratamiento al que supuestamente está siendo sometido Oubiña con el objeto de decidir sobre su ingreso o no en prisión, según las citadas fuentes.
 
Oubiña salió de la cárcel madrileña de Navalcarnero en julio de 2012 tras haber cumplido varias sentencias por narcotráfico, penas que cayeron sobre él en 1990.
 
Al día siguiente de su salida de prisión el narcotraficante, de 69 años, tuvo que volver a la Audiencia Nacional para enfrentarse al juicio por blanqueo que terminó en una condena a 4 años y 7 meses cárcel y multa de 2.226.100 euros, que ahora se ha visto confirmada por el Supremo y por la que en principio debería volver de nuevo la cárcel.
 
La sentencia considera probado que Oubiña planeó junto a su esposa Esther Lago, fallecida en 2001, "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico que se encontraban a su disposición en el Banco Popular de Melilla".
 
Para ello compraron una parcela en Sanxenxo y otras en Vilagarcía de Arousa de modo que, tras su adquisición por parte de las mercantiles del matrimonio, pudieran construir en ellas viviendas familiares.
 
El Supremo señala en su resolución que la defensa de Oubiña no tiene razón en los motivos de recurso, entre los que figura su queja de haber sido juzgado dos veces por los mismos hechos y su argumento de que se atribuye al dinero que estaba en su poder un origen ilegítimo, el del narcotráfico, que no ha quedado acreditado.
 
"Ante la contundente y variada prueba de cargo, sólo puede manifestar esta sala la total coincidencia con el pronunciamiento condenatorio del tribunal de instancia", dice el Supremo a favor de la condena de la Audiencia Nacional.
 
"Todos los datos constatados llevan y conducen directa y normalmente a la conclusión de estar en presencia de un delito de blanqueo procedente del narcotráfico", añade el Supremo.
 
La Audiencia Nacional también condenó en el mismo procedimiento, por auxiliar en el blanqueo a Oubiña y su mujer, a Emilia Cano Carmona (sobre quien cayó una pena de 3 años y 3 meses de prisión y multa de 53.970 euros), que también recurrió y cuya condena es también confirmada.

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