Un juzgado ourensano emite la primera sentencia contra las plusvalías

El juez ha considerado "idónea" la acreditación de su valor real elaborada por el perito que concluyó que los inmuebles "no experimentaron incremento de valor"

El juzgado Contencioso-Administrativo número uno de Ourense se ha pronunciado por primera vez sobre las plusvalías municipales y ha acordado anular el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana aplicado por el Concello de Ourense en dos inmuebles al acreditar que no experimentaron una "plusvalía" y que fueron heredados.

El juez ha considerado "idónea" la acreditación de su valor real elaborada por el perito que concluyó que los referidos inmuebles "no experimentaron incremento de valor" y ha recordado que a pesar de que se ofreció al consistorio la posibilidad de presentar un "contra-informe" no lo aportó, ni rebatió el informe pericial.

En este caso, recoge el fallo facilitado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), al haberse producido la transmisión por título hereditario, tomándose como referencia el período máximo de 20 años, se carece del dato fiscal (valoración impuesto transmisiones) sobre el momento inicial del período.

Así, el magistrado Francisco de Cominges no sólo condena al Ayuntamiento a reintegrar las cantidades abonadas en las autoliquidaciones (18.920 y 4.292 euros) sino que ha decidido plantear "una cuestión de ilegalidad" ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana toda vez que la sentencia sea firme.

Todo ello, tras reconocer "la gran inseguridad jurídica" que se da en la actualidad con las resoluciones del Alto Tribunal en tanto que "el Estado todavía no ha colmado la laguna normativa con una nueva regulación del impuesto acorde con la doctrina constitucional" y que está derivando "pronunciamientos dispares" y "soluciones variopintas".

En relación con este caso, los demandantes habían interpuesto sendos recursos contencioso-administrativos frente a los acuerdos adoptados con fecha de 26 de febrero y 13 de noviembre de 2015 por el tribunal económico-administrativo del Ayuntamiento de Ourense relacionados con el cobro de plusvalías.

Los denunciantes presentaron en el Concello las correspondientes autoliquidaciones del impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana por importes respectivos de 15.192,24 euros 3.728,23; y 4.296,42 euros y posteriormente reclamaron las autoliquidaciones y devolución de ingresos indebidos.

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