Un lalinense aceptados años de prisión por partirle dientes y una costilla a otro

LALÍN. El vecino de Lalín Javier P.R., de 34 años de edad, aceptó la condena de dos años de prisión, que no cumplirá al carecer de antecedentes penales, como autor de un delito de lesiones con deformidad en la persona de otro lalinense, Antonio T.M.R, de 67 años.

Ambos fueron los protagonistas de una pelea ocurrida en una finca propiedad de este último el día 15 de mayo de 2012 cuando eran en torno a las 16.30 horas. Según reconocieron los dos en la vista oral celebrada el pasado 29 de octubre en la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, Javier P.R. lastimó en la cara a Antonio T.M.R., lo tiró al suelo, le agarró del cuello y le golpeó el cuerpo con las rodillas, mientras que este último le propinó al primero un puñetazo en el pómulo derecho. Quien salió peor parado fue el sexagenario, que requirió atención médica, tratamiento farmacológico y reposo absoluto durante un mes.

Y es que como consecuencia de la pelea, Antonio T.M.R. sufrió la rotura de una costilla y la pérdida de dos dientes. Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal pedía una pena de cuatro años y un día de prisión para Javier P.R., los dos acusados y sus letrados llegaron a un acuerdo para que el principal encausado fuese condenado a dos años de prisión y al pago de una indemnización por la responsabilidad civil de 5.000 euros. Esta cantidad incluye las costas procesales que le corresponde abonar a Javier P.R., que también renunció a la cantidad que había fijado la Fiscalía, de 220 euros, por los daños que le causó -solo hematomas- el otro encausado. El juez tuvo en cuenta «la atenuante de reparación del daño».

Antonio T.M.R., por su parte, debe pagar una multa de 120 euros (un mes de sanción a razón de 4 euros diarios) y también ha de abonar las costas procesales.

Orden de alejamiento

La sentencia dictada por la sección cuarta de la Audiencia, que es firme y contra la que no cabe ningún tipo de recurso, también incluye una orden de alejamiento de Javier P.R. con respecto a Antonio T.M.R. El primero no podrá acercarse a menos de 100 metros del sexagenario durante un período de dos años.

En el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, que fue modificado a petición de las partes, el plazo de la orden de alejamiento era de tres años.

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