Anulan el cobro de la recogida de basura a un hotel de Cuntis

La resolución argumenta que el cobro que pretendía realizar el Concello de Cuntis a un establecimiento de hostelería, correspondiente a dos anualidades, es muy superior al precio del servicio prestado
Silvia Fernández, propietaria del establecimiento
photo_camera Silvia Fernández, propietaria del establecimiento

El precio que establecen las administraciones públicas para cobrar los servicios que prestan a sus ciudadanos debe ajustarse siempre a su valor.

Este principio no fue respetado por el Concello de Cuntis, que pasó al cobro dos facturas, con un importe global de 4.935 euros, al Hotel Rústico Fonteverde, por la recogida, el tratamiento y la eliminación de residuos urbanos.

Los recibos corresponden a los años 2012 y 2013, en los que el PP ostentaba la Alcaldía, y fueron emitidos por la Deputación. En 2011, el desembolso que tuvo que realizar su propietaria, Silvia Fernández, había sido de 70,55 euros, y la subida se produjo al quedar encuadrado el hotel en la categoría de establecimientos con menos de 50 habitaciones -concretamente el establecimiento cuenta con ocho-.

La sentencia emitida por el Xulgado do Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra, anula la ordenanza aprobada por el Gobierno local porque vulnera la Ley de Haciendas Locales, que establece el principio de equivalencia entre el servicio y su precio, y subraya que la actividad del hotel, en el que no se sirven comidas ni cenas, genera el mismo volumen de residuos que una vivienda. 


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