El marinense acusado de engañar con golosinas a una menor con discapacidad niega los abusos

El juicio contra el vecino de Marín, celebrado a puerta cerrada en la Audiencia de Pontevedra, quedó visto para sentencia

Exterior de la Audiencia de Pontevedra. ADP
photo_camera Exterior de la Audiencia de Pontevedra. ADP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha celebrado este martes un juicio por agresión sexual en el que el acusado negó haber abusado de una persona menor de edad y con discapacidad psíquica y física, a la que convencía con dinero o golosinas para que fuese con él a zonas escondidas o a su casa, donde supuestamente cometía el delito. 

A petición de todas las partes implicadas la vista se desarrolló a puerta cerrada para preservar la identidad de la víctima de los abusos, que también declaró detrás de un biombo para evitar el contacto visual con su presunto agresor y acompañada por un psicólogo. 

El acusado no ha respondido a las preguntas de la Fiscalía y de la acusación particular y se ha limitado a contestar a las cuestiones formuladas por su defensa. Al término de la vista oral, la fiscal mantuvo su petición de que el hombre sea condenado a nueve años de cárcel como autor de un delito continuado de abuso sexual no consentido con abuso de trastorno mental y penetración y de que se le imponga la prohibición de aproximación a menos de 100 metros de su víctima, tanto de su domicilio como de cualquier lugar donde se encuentre durante diez años. 

El acusado, con domicilio en el partido judicial de Marín, habría abusado de la víctima al menos durante 2015 y 2016

También ha pedido la medida de libertad vigilada durante cinco años y que el acusado, que tiene una orden de alejamiento de su víctima, la indemnice con 20.000 euros por los daños morales ocasionados. 

La persona agredida presenta un retraso mental moderado y un grado de discapacidad del 70%. En este escenario, el juicio ha quedado visto para sentencia. 

El acusado, con domicilio en el partido judicial de Marín, fue juzgado por unos hechos que se cometieron al menos en 2015 y 2016. El juzgado de instrucción número 2 de Marín, en el auto del 17 de junio de 2016, ya impuso al acusado la medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima, a una distancia inferior a 100 metros, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio.