Condenan al cocinero del New Polar e investigan a los dos guardias

La Audiencia ve acreditada la responsabilidad sobre los 30 kilos de cocaína y pide deducir testimonio contra los agentes de la UCO
El narco-cocinero, durante una de las sesiones del juicio. GONZALO GARCÍA
photo_camera El narco-cocinero, durante una de las sesiones del juicio. GONZALO GARCÍA

Una condena de cuatro años de cárcel. Ese es el castigo que deberá asumir Manuel M., narco-cocinero que reconoció haber transportado 30 kilos de cocaína en el pesquero en el que trabajaba, el New Polar, asegurando que lo hizo bajo coacción. La Audiencia Provincial de Pontevedra, que acogió la vista oral, fue el escenario de un juicio lleno de sorpresas.

El fiscal Antidroga no creyó una palabra del relato de los dos agentes de la UCO que intervinieron, al mismo tiempo que los guardias civiles confirmaron que el investigado era confidente del Instituto Armado desde 2013. En paralelo, aseguraron que el ahora condenado se jactaba de introducir cocaína entre la mercancía en cada marea año tras año, pero señalaron que no le creyeron. Todo ello se traduce ahora en la petición de la deducción del testimonio de los dos funcionarios, pues ni el Ministerio Público ni la Sección Segunda de la Audiencia dieron crédito a sus argumentaciones. Su mala praxis, además, tras la detención, dejó huérfana de carga probatoria a la acusación contra tres de los investigados, pues las intervenciones de sus teléfonos en relación con el terminal del narco-cocinero fueron invalidadas. En ello influyó decisivamente que los agentes de la UCO no precintasen su teléfono automáticamente en cuanto supieron lo que sucedía, según detalla la sentencia.

El l tribunal considera al cocinero del barco autor de un delito de tráfico de drogas, le aplica la atenuante de confesión y lo condena a los citados cuatro años de cárcel y al pago de una multa de 600.000 euros. Al mismo tiempo, condena al destinatario de la droga (que no confesó) a ocho de cárcel y a pagar una multa de 1,2 millones de euros, al ser reincidente. Por último, impone seis años de prisión al intermediario de los proveedores de la cocaína, así como multa de 1,2 millones de euros.

Con respecto a los otros tres acusados, la Audiencia los absuelve, como se ha dicho, al determinar la invalidez de las pruebas contra ellos, ya que se basaban en el volcado de datos del teléfono del cocinero del barco, y no se pudo asegurar la cadena de custodia del terminal ni garantizar que no hubiera sido manipulado. Precisamente por ello, el tribunal considera que no ha quedado acreditado que los acusados integrasen un grupo criminal, por lo que ha resuelto absolverlos a todos con respecto a este delito.

El narco-cocinero se quejó durante la vista oral del trato recibido cuando fue detenido, dado que él pensaba que "estaría cubierto". "Me dijeron que estaba todo arreglado, que solo tenía que ratificar mi declaración en Cangas (lugar al que llegó en su barco con la droga procedente de Uruguay). Mi delito es haber trabajado fielmente para la Guardia Civil", añadió.

En cuanto a los testimonios de los guardias que tanto irritaron al fiscal Antidroga destaca uno en el que el primer agente de la UCO en declarar explicó que la mujer del narco-cocinero, allá por el año 2013, acudió a la Comandancia de Pontevedra para denunciarle por violencia machista al tiempo que aseguró que "traía de vez en cuando paquetes de cocaína desde Uruguay". Durante todo ese tiempo y hasta mayo de 2019, cuando se incauta la droga en el puerto de Cangas, el ahora condenado era confidente. El fiscal preguntó a los agentes por la falta de resultados de esa relación con este individuo. "Marcaba pesqueros diciendo que los cocineros se dedicaban a transportar cocaína, pero ninguno dio resultados", dijo uno de los agentes. Claro, porque el que se dedicaba a llevar la droga era el hombre al que protegían.

¿Dijeron la verdad? ► Ambigüedades y contradicciones
Los dos miembros de la UCO que testificaron en el juicio "incurrieron en contradicciones y ambigüedades, silenciando hechos de relevancia", detalla la Audiencia, que remarca que el trato dado al cocinero tras su detención "no se corresponde con los protocolos", que no aclararon cuestiones relacionadas con la investigación, que tenían información previa "de relevancia" que no aportaron, o que incluso se reunieron con la mujer y la hija del procesado, a las que desvelaron parte de las diligencias secretas y a las que aseguraron que negociarían con la Fiscalía. Por ello, la Audiencia decretó que se deduzca testimonio de la declaración de estos agentes, ambos como testigos, "por sí, dado el tenor de la presente resolución, pudieran haber incurrido ambos en un delito de falso testimonio".