Ratificada la condena de 2 años de cárcel por abusar de la sobrina de su pareja en O Morrazo

El TSXG rechaza el recurso del procesado al considerar probado que hubo abuso sexual

Sede del TSXG. ARCHIVO
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado, con un voto particular en contra, el recurso de un condenado a dos años de cárcel por abusar de la sobrina de la que era su pareja en mayo de 2016, cuando la menor tenía ocho años. Según la sentencia, el acusado cometió los hechos cuando se encontraban solos en el domicilio del acusado, en la zona de O Morrazo, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales. El alto tribunal considera probado que hubo abuso sexual y que, como consecuencia de estos hechos, la menor necesitó "asistencia psicológica". 

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado las alegaciones de la defensa, pues considera que la sentencia emitida por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra se apoya "en la prueba testifical". Los magistrados rechazan que el acusado haya visto debilitado su derecho de defensa, ya que recuerdan que su abogado pudo "interrogar a cuantos refirieron las declaraciones de la menor". Además, los jueces niegan que el fallo se apoye exclusivamente en unos informes médicos, como sostiene el recurrente. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG también avala que la menor declarase por videoconferencia, pues varias sentencias del Tribunal Supremo afirman que "la utilización del sistema de videoconferencia para la práctica de actos procesales tiene una indudable relevancia probatoria". "El acusado simplemente se ha limitado a cuestionar la adopción del medio a través del cual se llevó a cabo la introducción del testimonio de la menor, al margen de cualquier irregularidad que en el desarrollo de la misma se pudiera haber producido", argumentan en su fallo los magistrados. 

Se condena al acusado a pagar las costas de este recurso, incluidas las de la acusación particular. Contra esta condena se puede interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

VOTO PARTICULAR. Por otra parte, uno de los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha pedido la "absolución" del acusado argumentando que "sólo restan dos versiones contradictorias de los hechos, contradicción que es imposible resolver con criterios objetivos y lógicos propios de toda demostración mínimamente eficaz y convincente y, por eso, ha de rechazarse la valoración de la prueba". 
 

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