
La Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra absolvió a Óscar Leiro Santos de una serie de presuntos delitos (apropiación indebida, estafa y administración desleal) por los que fueron solicitadas penas de cárcel que sumarían siete años si resultase condenado en los términos señalados por la Fiscalía.
La sentencia dispone que tampoco tendrá que hacer frente a las reclamaciones económicas planteadas en el juicio: abonar a Camping El Terrón, S.L. 58.035,96 euros y los intereses legales, y 23.385,90 a la entidad Ocio Sport Arousa S.L., en concepto de indemnización y disolución de esta entidad.
Camping O Terrón, S.L., explotaba un solar en Vilanova de Arousa. De la compañía eran administradores María Esther Leiro Santos y Romualdo Bouzas Barreiro. Ambos querían dejar su gestión, con la intención de que se encargasen de ella su hijo, Sergio Bouzas Leiro, y el hermano de Esther, Óscar Leiro Santos.
Óscar Leiro se incorporó a finales de 2015, invirtiendo una importante suma de dinero para realizar obras en el establecimiento. La empresa contrató los trabajos en 2016, además de presentar una petición de ayuda ante el Igape, avalada con una factura de 104.586,92 euros, un importe que fue transferido a la firma que las ejecutó, el 3 de mayo de 2016.
Pero parte de las obras contratadas no fueron realizadas, por lo que el representante de la empresa contratada devolvió 49.000 euros en tres pagos, y uno lo hizo en presencia de Romualdo Bouzas.
Óscar Leiro realizó distintos cobros por servicios prestados por el cámping y también por trabajos propios, e hizo diversos pagos con sus bienes "por unha cantidade de varias decenas de miles de euros, por obras de distinto tipo realizadas no cámping", indica la sentencia.
Además, subraya que no está acreditado que el dinero cobrado por Óscar Leiro no fuese ingresado por la sociedad Camping El Terrón, S.L., ni que la empresa realizase una liquidación de las deudas que podía tener con él.
Ante esta tesitura, el Tribunal entiende que "non concorren os elementos da tipicidade que esixen os delitos indicados", por lo que adoptaron la resolución de absolver a Óscar Leiro Santos, que fue juzgado el día 15 de septiembre. Contra este fallo cabe la presentación de un recurso de reposición.