Tres años de prisión por traficar con drogas entre Vilagarcía y Santiago

La drogadicción acreditada del condenado fue considerada una atenuante
La droga incautada. GUARDIA CIVIL
photo_camera La droga incautada. GUARDIA CIVIL

En el transcurso de uno de los controles que se realizan de forma periódica en las distintas vías de comunicación que unen la comarca de O Salnés con otros puntos de Pontevedra y de Galicia ocurrido en agosto de 2019, agentes del Puesto de Vilagarcía de Arousa de la Guardia Civil interceptaron un turismo de la marca BMW, modelo X3, en el que viajaban cuatro jóvenes vecinos de Santiago de Compostela con edades comprendidas entre los 20 y 27 años. Así lo explicaba en su momento el Instituto Armado, que añadió que en el interior del vehículo se encontraron escondidas 20 bellotas de hachís y una bolsa que contenía 250 dosis de cocaína.

A raíz del hallazgo de la droga, la Patrulla de Seguridad Ciudadana procedió a detención de los ocupantes del vehículo como presuntos autores de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas y se procedió a la incautación de la droga y del turismo. Una vez concluida la instrucción de las diligencias, los detenidos fueron puestos en libertad a disposición del Juzgado de Instrucción de Caldas de Reis.

Tres años después de aquellos hechos, solo uno de los ocupantes del automóvil ha sido condenado a penas de prisión, tras asumir la responsabilidad de la droga incautada. El citado individuo, que reconoció los hechos, llevaba oculta bajo sus ropas una bolsa con 203 gramos de hachís en forma de bellotas y otra con 24 gramos de cocaína con una pureza de un 80 por ciento. Este individuo viajaba en el asiento trasero derecho del citado BMW X-3, vehículo que en un principio fue intervenido pero que ahora y en virtud de la sentencia queda en poder de su propietario de forma definitiva.

En cuanto al dictamen, contra el que no cabe recurso al producirse previo pacto entre la Fiscalía y el procesado, contempla una pena de tres años de cárcel que se suspende de forma provisional siempre y cuando el investigado no delinca a lo largo de ese período. Además, el investigado deberá abonar una multa de 8.200 euros y someterse a un tratamiento de deshabituación de las sustancias estupefacientes bajo el apercibimiento de que si no cumple cualquiera de estas condiciones se le revocaría el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena, y debería ingresar en prisión. Su drogadicción acreditada fue considerada una atenuante.

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