Una agente de viajes cobra dos cruceros, no paga a la naviera y se queda con el dinero

Un año y diez meses de cárcel para la profesional de Sanxenxo, que estafó a dos clientas 
Un crucero en el puerto de Vigo. RAFA FARIÑA
photo_camera Un crucero en el puerto de Vigo. RAFA FARIÑA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado la condena de un año y diez meses de prisión para una agente de viajes afincada en Sanxenxo que cobró el importe por dos cruceros a sendas clientas, no pagó a la naviera con la que en teoría iban a viajar y se quedó con un dinero que solo devolvió cuando se inició el actual procedimiento judicial.

Los hechos sucedieron entre septiembre de 2017 y marzo de 2018, cuando las dos víctimas, que habían concertado los viajes, que incluían traslados en autocar hasta Santiago y en avión hasta Barcelona, con la citada agencia, que se ubicaba en la calle Progreso de la villa turística pontevedresa.

"La acusada, con evidente ánimo de lucro, hizo suyo el metálico abonado por las dos clientas sin que hubiese llegado a pagar a la compañía de cruceros cantidad alguna por las reservas de los viajes concertados, apropiándose para sí de dichas cantidades entregadas por las perjudicadas", explica el dictamen.

Dado que las dos personas que fueron estafadas no recibieron en tiempo y forma los títulos de transporte, no pudieron viajar. La agencia de la procesada cerró sus puertas al público a finales de 2017, si bien para el juez "no consta liquidada la sociedad". 

Antes de la fase de vista oral, celebrada en primera instancia en el Juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra, la procesada consignó las cantidades adeudadas (1.560 y 1.575 euros en cada caso), lo que le sirvió para atenuar la pena que finalmente le fue impuesta.

El juez entiende que es autora de un delito continuado de administración desleal, concurriendo la atenuante simple de reparación del daño, por lo que le impuso una pena de un año y diez meses de cárcel, al que se debe añadir el pago de la responsabilidad civil que ya había consignado en el juzgado.

Contra el presente fallo emitido por la Audiencia Provincial aún cabe un recurso ante el Tribunal Supremo.

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