Sanxenxo contará con una ordenanza de playas por primera vez

El borrador impide dejar sombrillas o sillas para reservar espacio y prohíbe la venta ambulante si no existe una autorizació previ
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El concello de Sanxenxo continúa preparándose para la temporada de verano en el municipio cuyos servicios, según explicó el Gobierno local hace unos días, tendrán una "mayor exigencia" tras la crisis de la Covid-19. Actualmente, el Gobierno local trabaja en el borrador de la que será la primera ordenanza de playas de Sanxenxo, de cara a una temporada estival en la que se recibe a miles de visitantes, ya que Sanxenxo cuenta en la actualidad con 14 banderas azules que "un distintivo que se prevé ampliar el próximo verano".

El borrador fija como temporada de baño el período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, unas fechas que el Concello de Sanxenxo podría cambiar en función de las condiciones climatológicas. El texto propuesto prohíbe expresamente dejar instaladas sombrillas, sillas o mesas si no se encuentran sus propietarios, para reservar el espacio. En cuanto a las actividades deportivas, culturales y juegos tanto en la arena como en el agua, se podrán realizar siempre y cuando no supongan una molestia para el resto de usuarios y los arenales cuenten con un espacio suficiente.

La práctica deportiva de surf, windsurf, kitesurf, paddel surf y otros deportes similares solo se podrán realizar en temporada estival de manera temporal y con previa autorización del Concello de Sanxenxo en los lugares y condiciones que se establezca. La venta ambulante en playas de cualquier tipo de producto quedará prohibida, en especial bebidas y productos alimenticios, siempre que no haya una autorización municipal previa.

El documento contempla como infracciones muy graves la realización de pintadas y grafitis con cualquier material o producto, o rallar la superficie de cualquier elemento, instalación, objeto o espacio de uso público, vertidos sólidos o líquidos o el uso de material pirotécnico, entre otras. No respetar la prohibición del baño cuando esté izada la bandera roja será considerada una infracción grave, así como lanzarse al agua desde acantilados, rocas o espigones o de zonas donde esté prohibido el baño.

La práctica de deportes acuáticos sin cumplir la norma también será considerada una infracción grave. Las sanciones podrán variar entre los 750 y los 3.000 euros, en función de su gravedad.

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