La defensa del menor absuelto de la muerte de Jimmy: "La sentencia corrige un error policial"

La Aundiencia Provincial de Madrid lo absuelve del delito de homicidio y le impone una pena de 60 horas de servicios a la comunidad por tenencia ilícita de armas y riña tumultuaria

La defensa del menor Álvaro C.G., absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid del homicidio del hincha de Riazor Blues Francisco Javier Romero, alias Jimmy, destaca que el fallo "corrige un error policial hijo de la prisa por ofrecer a la opinión pública un culpable de unos hechos tan alarmantes".

En declaraciones a Efe, los letrados María José Cabero y Gonzalo Martínez Fresneda expresan su "satisfacción" por la resolución de la Sección Cuarta de la Audiencia que revoca parcialmente la sentencia condenatoria de la titular del Juzgado de Menores Número 4 de Madrid, Victoria Rojo.

Álvaro C.G. fue condenado a seis años de internamiento en régimen cerrado y dos años de libertad vigilada como responsable de un delito de homicidio, otro de tenencia ilícita de armas y otro de riña tumultuaria, pero la sala le absuelve ahora del delito de homicidio y le impone la medida de 60 horas de prestación en beneficio de la comunidad como pena por los otros dos.

Dicen los abogados que la resolución de la Audiencia es "contundente y está muy bien fundamentada", al tiempo que "pone de manifiesto las graves irregularidades habidas en el proceso".

Pero sobre todo, añaden, la sentencia manifiesta "la absoluta falta de credibilidad del coimputado protegido", quien en la causa principal que instruye el juzgado de instrucción 20 de Madrid está imputado por un delito de riña tumultuaria.

"Las oscuridades y contradicciones del relato del coimputado protegido son de tal magnitud, su aparición en el procedimiento de menores es tan inexplicada y su declaración tan tosca que para estos abogados lo llamativo es que convenciera a la Fiscalía de Menores, salvo por la urgencia en ofrecer un resultado de las investigaciones", afirman los abogados defensores.

En la sentencia, los magistrados no excluyen la posibilidad de que la aparición del testigo protegido G303 pueda "deberse a móviles de autoexculpación o a la búsqueda de otras ventajas procesales" y consideran tan poco creíble el testimonio de esta persona que llegan a hablar de un posible "relato memorizado".

Con esta decisión, el tribunal formado por los magistrados Juan José López Ortega, María José García-Galán y José Joaquín Hervás no da validez al testimonio del testigo y despeja el camino para que el titular del juzgado de instrucción número 20 de Madrid, que instruye la causa principal, retome las diligencias de la investigación sin que exista, por el momento, ningún imputado por la muerte de Jimmy.

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