La Justicia obliga a NGB a devolver la quita a una anciana a la que ocultó información

Afectados por las preferentes protestando en una sucursal de Pontevedra. rafa fariña
photo_camera Afectados por las preferentes protestando en una sucursal de Pontevedra. rafa fariña

PONTEVEDRA. El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pontevedra ha condenado a NovaGalicia Banco a devolver a una vecina de Pontevedra, de 87 años de edad, la totalidad de los ahorros invertidos en obligaciones subordinadas, incluida la quita del 23% que llegó a aceptar la demandante (de 114.000 euros).

El veredicto sigue la línea de la mayoría de los fallos judiciales que están saliendo a la luz por la comercialización de este tipo de productos tóxicos. Lo llamativo es la devolución íntegra que ordena y las cantidades que están en juego, ya que la afectada invirtió en subordinadas algo más de 500.000 euros, el importe más elevado de los que se han reclamado en Pontevedra, según aseguró ayer el letrado de la acusación, Carlos Sanmartín.

El fallo, que la entidad bancaria podrá recurrir hasta el 3 de febrero, anula el contrato suscrito por la afectada en 2005 (cuando tenía 75 años de edad), por un plazo de diez años y una rentabilidad relativamente baja (de entre el 3,5% y el valor del Euribor).

La Justicia considera probado que NovaGalicia Banco no solo ocultó información a su cliente, sino que lo hizo con un importante agravante, puesto que la mujer mantenía una «estrecha relación» con el director de la oficina que formalizó la compra, quien solía acudir a su domicilio «con regularidad» para cerrar distintas operaciones bancarias.

Este último alegó durante el proceso de instrucción que había aconsejado las obligaciones subordinadas «porque estaba garantizado con la propia Caja y se trataba de productos muy demandados en el mercado secundario». Con todo, sus explicaciones no lograron desviar el sentido del veredicto, en el que la magistrada se hace eco de otras de sus palabras. Según estas, el director reconoció que «hoy en día no comercializaría el producto».

La acusación incluso sugiere que hubo «engaño», ya que la afectada había dado «directrices muy claras» de que no quería riesgos, renta variable ni acciones, solo depósitos a plazo fijo o productos similares para un dinero procedente de la venta de un inmueble. «Sin embargo, el director, aprovechándose de su confianza, le ofreció un producto sin informarle sobre el riesgo y las condiciones jurídicas, haciéndole creer que era un plazo fijo cuando, en realidad, se trataba de subordinadas», recriminó el abogado de la demandante.

Inconscientes

La acusación admite que el director de la oficina, al igual que los otros trabajadores de NovaGalicia Banco que intervinieron en la comercialización, «no eran conscientes en el momento de lo que podía pasar». No obstante, critica que estos omitiesen que las subordinadas estaban condicionadas al devenir de la entidad bancaria y que, por mínima que fuese, existía la posibilidad de perder la inversión realizada. «A lo mejor con decir que había un 5% de probabilidades de perder su dinero, habría bastado. De hecho, conocemos un caso en el que un director de una oficina que sí lo advirtió y el cliente se echó atrás».

La magistrada del Juzgado de Instrucción también exculpa a «muchos» trabajadores de NovaGalicia Banco, al estimar que eran desconocedores de la «naturaleza de los productos que estaban comercializando» y que actuaron sin «mala fe». Ahora bien, considera que la entidad bancaria «incumplió sus obligaciones de información», impidiendo que la demandante conociera los detalles menos atractivos de las subordinadas y haciendo que esta incurriera en «un error a la hora de prestar su consentimiento». Así, considera que, pese al aparente desconocimiento, «los clientes deben quedar indemnes frente a estas circunstancias», entre ellos la propia demandante que ocupa el caso, «una persona sin experiencia financiera y con el único interés de salvaguardar sus ahorros».

Devolución del dinero

Salvo que NovaGalicia Banco presente el recurso de apelación que permite el Juzgado de Instrucción, la afectada recibirá el importe de la quita (cerca de 114.000 euros), los intereses de los 500.000 euros que destinó a subordinadas desde 2005 y los costes del proceso judicial. Así, el montante «podría rondar los 250.000 euros».

El defensor de la afectada (integrante del despacho Ex Nunc Avogados) confía en que la entidad bancaria continúe por los mismos derroteros y se abstenga de recurrir. Según las informaciones que maneja, solo hubo cuatro casos en Galicia en los que el banco gallego ganó a los afectados «y eran supuestos muy especiales».

Además, insiste en que la judicialización de estas presuntas estafas es la peor para cualquiera de las partes implicadas, «tanto para los clientes, porque los obliga a meterse en la vía judicial, como para el propio banco, que va a tener que pagar intereses y acabar perdiendo más dinero que si devolviera íntegramente las inversiones».

A nivel local, la plataforma de afectados de Pontevedra y Marín todavía cuenta con cerca de 60 personas pendientes de juicio.

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