Pagará 160.000 euros a la acompañante de un motorista que arrolló con su camión

La Audiencia confirmó la sentencia por unos hechos ocurridos en Beluso en el año 2010. El vehículo pesado, que salía de un taller, cruzó una línea continua y embistió a la moto
Estado en el que quedó la moto después del accidente
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado, con leves modificaciones, la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia de Marín en relación con la denuncia interpuesta por una mujer que viajaba como acompañante en una motocicleta cuando fue arrollada por un camión, en septiembre de 2010. El conductor del camión resultó condenado, por una falta de lesiones por imprudencia grave, al pago de 120 euros de multa y a una indemnización de 157.357 euros, una cantidad que será satisfecha de forma solidaria con la entidad aseguradora correspondiente.

La víctima, vecina de Beluso (Bueu), viajaba en una motocicleta Suzuki como acompañante de un joven de Ardán (Marín), que también resultó herido de gravedad tras el siniestro, sobre las 16.50 horas del citado día, por la zona de A Carrasqueira.

"Tras salir de una curva fuerte a la derecha colisionó con el camión Nissan ECO, que se incorporaba a la vía para tomar el carril sentido Cangas do Morrazo desde la situación de parado sobre la acera, haciéndolo de forma antirreglamentaria al atravesar la línea longitudinal continua existente", explica el juez en su sentencia.

Como consecuencia del accidente, la joven que ahora será indemnizada "sufrió fractura de pelvis a nivel de la cresta ilíaca, fractura abierta de tibia y peroné, fractura de tercio proximal de la tibia y de platillos tibiales derechos y rotura de ligamento cruzado".

El dictamen deja claro que la víctima precisó de "una primera sistencia facultativa y tratamiento médico imprescindible para su curación. Precisó de 1.344 días, de los cuales 28 fueron de hospitalización y 1.181 impeditivos".

LAS SECUELAS. El juez de Marín desgrana en su sentencia las numerosas secuelas que desde entonces sufre la joven de Beluso. "Artrosis postraumática de rodilla de grado muy grave, lesión de ligamentos cruzados operados, lesión meniscal operada, acortamiento de miembro inferior en un centímetro, algia postraumática cervical con compromiso radicular, algia postraumática lumbar, material de osteosíntesis en la rodilla, trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo, cicatrices en el codo derecho, la espina ilíaca derecha y el miembro inferior derecho, que junto a la cojera restante suponen un perjuicio estético ligero-moderado".

Contra la decisión que acaba de dictaminar la Audiencia Provincial de Pontevedra ya no cabe la interposición de recurso alguno al tratarse de una sentencia de segunda instancia.

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