Abren la vía para reclamar 1.383 bienes en manos de la Iglesia en la provincia

Los particulares que consideren que tienen derechos previos de propiedad podrán iniciar un proceso. Solo en el concello de Pontevedra la institución inmatriculó 102 construcciones y fincas
Plaza de la Peregrina. DP
photo_camera Iglesia de A Peregrina. ADP

El Consejo de Ministros remitió este martes al Congreso el listado de los 34.961 bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia entre 1998 y 2015, esto es, templos, dependencias complementarias y fincas que la institución inscribió como propios en los registros de la propiedad por primera vez sin tener que aportar documentación para demostrar debidamente esa titularidad. De hecho, el informe refleja que 30.335 bienes fueron inmatriculados en virtud de certificación eclesiástica y en los otros 4.626 la anotación se llevó a cabo en base "a un título distinto".

Del amplio listado, que supera las 5.200 páginas se extrae que, en la provincia de Pontevedra el Gobierno da cuenta de 1.383 bienes, de los cuales 1.197 fueron inmatriculados con una simple certificación emitida por la Iglesia, en tanto que en otros 186 casos se utilizaron otros documentos. Solo en el concello de Pontevedra, el informe recoge 102.

Lista completa de los bienes de la iglesias Inmatriculados en Galicia

Entre los bienes inscritos en el municipio de Pontevedra figuran distintas fincas rústicas, algún solar, iglesarios, atrios, cementerios, aparcamientos, casas rectorales, templos y ermitas de las distintas parroquias. Llaman la atención en el listado el templo de A Peregrina, la capilla de ánimas, la ermita del Nazareno, la ermitas de San Cibrán y San Blas.

Gracias a que el acceso a este documento es público, los particulares que consideren que tienen derechos previos de propiedad sobre cualquier activo podrán comenzar el proceso de reclamación.

Estos datos reflejan que solo la mitad de los inmuebles que pasaron a engrosar el patrimonio de la Iglesia son estrictamente religiosos; el resto pueden ser fincas, garajes, edificios o viviendas.

El Gobierno ya abordó con la Iglesia las inmatriculaciones, que se suma a la fiscalidad, otro de los asuntos que el presidente Pedro Sánchez pretende modificar en su mandato. La vicepresidenta primera, Carmen Calvo, ya inició las conversaciones con la Conferencia Episcopal sobre la intención de que la Iglesia pague el impuesto sobre bienes inmuebles (Ibi) por los lugares que tiene a su disposición y que no son de culto.

Así las cosas, el primer Gobierno de José María Aznar aprobó la reforma de la Ley Hipotecaria en 1998 en el que reformaba esta ley para ampliar el privilegio. De esta forma, extendió la posibilidad de que la Iglesia hiciera suyos mediante esta vía los lugares de culto. A partir de esa fecha, las diócesis comenzaron a inscribir a su nombre parroquias, ermitas o catedrales. Algunas de estas propiedades fueron posteriormente vendidas, con sus correspondientes ingresos por una cuantía desconocida.

Algunos monumentos emblemáticos que la Iglesia inmatriculó por apenas unos euros son la mezquita de Córdoba en 2006, la Giralda y la catedral de Sevilla en 2010 o la catedral de Zaragoza.

Por su parte, la Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia Católica Recuperando, que agrupa a 20 colectivos, considera un "absoluto insulto" y una "gran trampa" que haya que reclamar en los tribunales.

"Están promoviendo 35.000 litigios. Es la gran trampa". Así las cosas, Galicia aparece como la segunda comunidad autónoma con más bienes religiosos, 7.131 en total, después de Castilla y León, que casi la triplica en superficie.

RESPUESTA. La Conferencia Episcopal Española (CEE) aseguró que está dispuesta a que se revisen las inmatriculaciones de inmuebles "si el derecho lo permite", porque "no quiere a su nombre nada que no sea suyo". El secretario general de la CEE, Luis Argüello, manifestó su agrado por "el reconocimiento que han hecho en el propio informe de que la Iglesia ha seguido la legalidad en la realización de este criterio inmatriculador" y recuerda que "existían dos años después de cada acto inmatriculador para que personas con mejor derecho o instituciones pudieran reclamar la titularidad de esos bienes", dijo.

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