Absuelven a tres de los seis acusados por el alijo de heroína del Porsche Cayenne

La Sección Cuarta entiende que no hay pruebas contundentes contra Sokol R., súbdito albanés que pagó un millón de euros de fianza para salir de prisión ▶ Sí condenó a Castor M. G., jefe del grupo en Pontevedra, pero no a sus supuestos socios del Sur de la provincia

Castor fue condenado, no así sus presuntos socios. DAVID FREIRE
photo_camera Castor fue condenado, no así sus presuntos socios. DAVID FREIRE

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha vuelto a dictar una sentencia que ha levantado ampollas entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que no gusta a la Fiscalía. El tribunal dio carpetazo al proceso derivado del que en su día fue el mayor alijo del año en Europa con tres condenas (a penas muy inferiores a las solicitadas por la acusación) y tres absoluciones, incluida la de uno de los supuestos hombres fuertes de la organización albanesa encargada del transporte de heroína en dirección a España.

El dictamen, modificado días después de ser redactado a instancias del fiscal Antidroga, Pablo Varela (tenía defectos en el cálculo de las penas), incluye dos penas de siete años y medio y tres años y tres meses de cárcel para Castor M.G., vecino de Mos y considerado el jefe del grupo en Pontevedra (si bien formalmente el tribunal tampoco considera que los hechos se hayan cometido en el seno de una organización criminal, ni tan siquiera en un grupo).

El dictamen fue modificado a instancias del fiscal al tener defectos formales en el cálculo de las penas a imponer a los procesados

 

La sentencia considera acreditado que el albanés Rinush G. y Castor G. "se concertaron para realizar un transporte de heroína entre Holanda y España", y poco más.

"El día 24 de febrero de 2016, el procesado Rinush G. emprendió viaje desde Barcelona a Essen conduciendo el vehículo Porsche Cayenne y, desde allí, el día 18 de marzo a Holanda, para cargar el referido vehículo con la sustancia estupefaciente que posteriormente transportó a Galicia, para hacer entrega de la misma a Castor, fijando a tal efecto como lugar de encuentro el Hotel Alfonso I de la localidad de Tui (Pontevedra), a donde Rinush G. llegó sobre las 13 horas del día 19 de marzo de 2016, siendo detenido por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que encontraron oculto en el pase de rueda del tren trasero un habitáculo que discurría hasta la parte delantera del vehículo, en cuyo interior había 54 paquetes cilíndricos envueltos en una película adhesiva marrón y plástico transparente que contenían un total de 53.771 gramos de heroína, con una pureza del 55,43 por ciento y que habría alcanzado en el mercado ilícito el precio de 2.442.633,17 euros", cita textualmente el relato de la Audiencia.

Rinush G., para quien el fiscal Antidroga solicitaba penas que sumaban doce años y nueve meses de prisión, fue condenado a seis años y medio, un castigo similar al que reciben quienes trafican, pongamos por caso, con 300 o 400 gramos de heroína. Él transportó más de 53 kilos.

Castor G., el individuo que iba a recibir la droga, fue condenado a siete años y medio por tráfico y a tres y tres meses por blanqueo

 

La tercera condena recayó en la esposa de Castor, María del Carmen C. El fiscal pedía para ella quince años de prisión; el tribunal le impuso seis y seis meses (tres por narcotráfico en condición de cómplice y tres y tres meses por blanqueo, el mínimo que contempla el Código Penal para esta clase de delitos).

En cuanto a las absoluciones, la primera de ellas favoreció al citado Rinush, que, pese a emplear varias identidades (además de la suya, una irlandesa y otra griega con nombres diferentes), fue absuelto de los delitos de falsedad documental. "Sería necesario realizar un estudio fisionómico para determinar que se trata de la misma persona", dice la Audiencia, que señala que todos los carnés que le fueron incautados eran auténticos.

Con respecto a José R.R. y Marcos Antonio G.B., para quienes el fiscal pedía doce y once años de cárcel, el tribunal no consideró acreditado que fuesen "el último eslabón de la cadena", tal y como señaló la Udyco, pese a las constantes reuniones con Castor y las conversaciones con lenguaje críptico que invitaba a pensar que estaban hablando de asuntos relacionados con el tráfico de drogas.

En cuanto a Sokol R., que, según la Policía, era quien entregaba el dinero a la organización albanesa en Barcelona (fue visto en al menos dos ocasiones en la Ciudad Condal en compañía de Rinush y de Castor y entregando y recibiendo paquetes), la jueza tampoco apreció acreditada su participación en los hechos. Ahora deberá devolvérsele el millón de euros que pagó como fianza (dijo que se lo prestó su suegro) y los dos vehículos que se le incautaron.

Reacciones. "Tenemos que interpretar las leyes para proteger a los ciudadanos, no a los criminales"
Las reacciones por parte de los colectivos sociales implicados en la lucha contra la droga y de la propia Fiscalía no se han hecho esperar ante el polémico fallo de la Audiencia Provincial. La Fundación Galega Contra o Narcotráfico (FGCN) explica que "siempre con el máximo respeto para las resoluciones judiciales, se demuestra una vez más lo difícil que resulta en España procesar y condenar a los narcotraficantes. De hecho, es uno de los principales problemas en la lucha antidroga actual".

Fernando Alonso, gerente de la FGCN, añade que "hay casos en que las condenas no son proporcionales a la gravedad de los delitos cometidos; eso es algo que desmotiva mucho a la sociedad, a los propios profesionales de la Justicia y a las fuerzas de seguridad, que después de jugarse la vida en el intento, ven como años y años de trabajo se van al traste con condenas mínimas. Desgraciadamente la lucha antidroga está llena de ejemplos. Tenemos que hacer –e interpretar– las leyes para proteger a los ciudadanos, no a los criminales.

FISCAL ANTIDROGA. El fiscal Antidroga de Pontevedra, que anunció la presentación de un recurso ante el Tribunal Supremo, también mostró su disconformidad con las penas impuestas por la Sección Cuarta en este caso.

"Nos preocupan pronunciamientos en los que no se establecen diferencias claras entre los que trafican con 50 y los que lo hacen con medio kilo de heroína. No puede ser que en un caso tan grave como este se impongan seis años y medio de prisión, prácticamente los mismos que en otros en los que la cantidad es muy inferior".