Admiten el despido de un conductor de ambulancia que dio positivo en drogas en Pontevedra

El TSXG lo considera procedente, revocando, de esta forma, una sentencia en primera instancia del Juzgado de lo social 3 de Pontevedra que estimaba la demanda del trabajador y ordenaba a la empresa readmitirlo e indemnizarlo
Tres ambulancias aparcadas PB
photo_camera Tres ambulancias aparcadas. PB


El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha considerado procedente el despido de un conductor de ambulancias del servicio público por dar positivo en drogas en un control de la Guardia Civil cuando ejercía su labor.

Según informa el TSXG, el resultado del conductor conllevó la decisión de inmovilizar la ambulancia durante tres cuartos de hora y la imposición de una multa de 1.000 euros, así como la pérdida de seis puntos de su carné de conducir.

El alto tribunal gallego ha revocado, de esta forma, una sentencia en primera instancia del Juzgado de lo social 3 de Pontevedra que estimaba la demanda del trabajador y ordenaba a la empresa readmitir al trabajador e indemnizarlo por el despido.

Los magistrados del TSXG consideran que el empleado rompió la "buena fe contractual", pues el cargo que desempeñaba en la compañía conllevaba "múltiples riesgos y la exigencia de las completas aptitudes durante la prestación de servicios".

El tribunal incide en que el puesto de conductor de ambulancias "obliga a la máxima diligencia y atención en el servicio" y estima que el trabajador, al consumir drogas antes de trabajar, puso, "conscientemente", esas obligaciones "en riesgo".

Además, subraya que el momento del consumo carece de importancia, pues advierte de que no se trata "de un proceso penal, en el que habría de valorarse cuándo se produjo o la influencia que podría haber provocado en la seguridad vial".

Así, recalca que "el hecho de hacerlo y de que en su organismo todavía hubiese trazas que dieron positivo en un control de carretera, implica, por su parte, la asunción de un riesgo que quiebra la confianza de la empresa y conduce a justificar su despido".

El resultado positivo del consumo de drogas, según consta en la sentencia, es "constitutivo, por sí mismo, de una falta muy grave", por lo que la actitud de la empresa "resultó ser plenamente ajustada a derecho", apunta el TSXG en la resolución contra la que se puede todavía presentar recurso.