Las restricciones en Pontevedra: aforo al 50% y cierre de centros de día

La Boa Vila vuelve a la fase 2 y limita las reuniones a diez personas como máximo
Efectivos de la Policía controlan a viajeros en la Praza de Galicia. DP
photo_camera Efectivos de la Policía controlan a viajeros en la Praza de Galicia. DP

La decisión del comité clínico de expertos sanitarios de aumentar las restricciones en Pontevedra conlleva, entre otras, las siguientes limitaciones:

1.Centros de día y residencias

Desde hoy permanecerán cerrados los centros de día. Las visitas a las residencias de mayores ya estaban prohibidas desde hace un mes y tampoco lo internos pueden salir.

2. Velatorios y entierros

Podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre y de diez personas en espacios cerrados sean o no convivientes. Se restringe también a un máximo de 25 personas la comitiva para el entierro o cremación.

3. Lugares de culto

La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 50% de su capacidad, que estará publicada en un lugar visible. En el caso de las celebraciones religiosas deberá respetarse un máximo de cien personas en espacios al aire libre y de 50 en espacios cerrados.

4. Establecimientos comerciales

No podrán superar el 50% de su capacidad total. En el caso de establecimientos distruibuidos en varios pisos, la presencia de clientes en cada uno de ellos deberá guardar la misma proporción. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal y el uso de mascarilla sigue siendo obligatorio. Los mayores de 75 años tendrán atención preferente.

5. Ferias y mercados

En el caso de mercados que llevan a cabo su actividad al aire libre o ferias no podrán superar el 50% de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. El Concello podrá aumentar la superficie habilitada a este ejercicio. Se priorizarán los puestos que comercializando productos alimenticios o de primera necesidad.

6. Academias y autoescuelas

La actividad podrá ser presencial siempre que no se supere una capacidad del 50% respecto al máximo permitido y con un máximo de diez personas por grupo.

7. Hostelería y restauración

No podrán superar el 50% de su capacidad para consumo en el interior del local. Este podrá realizarse solo en las mesas. No se permite en la barra, y siempre manteniendo la distancia de seguridad interpersonal.

Las terrazas al aire libre limitarán su capacidad al 75% de las mesas permitidas. La hora de cierre sigue siendo la una de la madrugada sin que se pueda permitir el acceso de ningún cliente desde las 00.00 horas.

8. Hoteles y albergues

La ocupación de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos no podrá exceder el 50% de su capacidad. En los albergues se permitirá una capacidad máxima del 50%. Las actividades de animación o calses grupales tendrán una capacidad máxima de diez personas incluyendo los monitores.

9. Bibliotecas y museos

Se podrán realizar actividades presenciales siempre que no se supere el 50% de la capacidad máxima permitida. El límite de ocupación se extiende también a las actividades culturales en estos espacios y con un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupo.

10. Cines, teatros y auditorios

Podrán acoger actividad, con butacas preasignadas, siempre que no se supere el 50% de la capacidad permitida en cada sala. Será de aplicación un límite máximo de 60 personas en lugares cerrados y de 150 en lugares abiertos en el caso de actividades al aire libre. Este límite se podrá ampliar hasta un máximo de cien personas en sitios cerrados y 300 al aire libre, con la autorización de la Dirección Xeral de Saúde Pública.

11. Actividades e instalaciones deportivas

La práctica de la actividad física y deportiva al aire libre podrá realizarse de forma individual y colectiva sin contacto físico y hasta un máximo de diez personas de forma simultánea.

En las instalaciones y centros deportivos se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta diez persoans sin contacto físico y siempre que no se supere el 50% de la capacidad máxima permitida.

La celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas podrán contar con público siempre que este permanezca sentado y que no se supere el 50% de la capacidad permitida. Se establece un límite de 60 personas para lugares cerrados y 150 en lugares abiertos.

En el caso de piscinas tendrán que respetar también el límite de 50% de su capacidad, sin que se ezxceda las cien personas de ocupación y con un máximo de diez personas por grupo excepto en el caso de pesonas convivientes.

12. Parques y zonas de uso deportivo al aire libre

Los parques infantiles, biosaludables y las zonas deportivas podrán estar abiertos al público siempre que se respete una capacidad máxima estimada de una persona por cada cuatro metros cuadrados.

13. Congresos y eventos

Se podrán celebrar siempre que no se supere el 50% de la capacidad permitida del lugar de celebración, con un límite máximo de 60 personas para lugares cerrados y 150 en actividades al aire libre.

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