Cárcel para el terrorista que almacenaba tres bombas y apuntaba hacia Pontevedra

El joven mariñano de 26 años colocó una bomba de gran potencia en el Concello de Baralla. La sorpresa llegó después, cuando la Guardia Civil halló en su poder tres artefactos más listos para explosionar y un plano manuscrito con varios objetivos en la ciudad del Lérez. La AN acaba de condenarle a siete años y medio de cárcel
Destrozos causados por la bomba de Baralla y despliegue de la Guardia Civil en el domicilio de Santiago.
photo_camera Destrozos causados por la bomba de Baralla y despliegue de la Guardia Civil en el domicilio de Santiago.

"Eu caio dun guindo..., caio dun guindo e nada máis. En todo caso non ten sentido ningún tipo de actitude violenta contra as institucións neste momento. Non hai motivo nen xustificación para facelo, da igual que sexa en Pontevedra, A Coruña ou Vilalba. Aquí vivimos tranquilos". El alcalde de Pontevedra, Miguel Anxo Fernández Lores, reaccionó de este modo el 6 de octubre de 2014, cuando supo que en manos de Raúl Agulleiro Cartoy, miembro de la organización terrorista Resistencia Galega, fueron hallados documentos que ponían a varios puntos de la ciudad del Lérez como presuntos objetivos del grupo criminal. Menos de dos años después, la Audiencia Nacional ha dictado sentencia: siete años y medio de prisión para el joven mariñano afincado en Santiago, que reconoció los delitos de integración en organización terrorista, depósito de aparatos explosivos y estragos terroristas. Agulleiro Cartoy confesó que colocó una bomba en el concello de Baralla y que los citados documentos, que incluían un plano de Pontevedra y enclaves marcados en rojo, eran de su propiedad.

El 1 de octubre de 2014, sobre las 4.45 de la madrugada, un artefacto hacía explosión en el consistorio de Baralla, causando cuantiosos daños. La sentencia declara probado que Cartoy, "integrante de Resistencia Galega, siguiendo sus consignas y con el fin de lograr los objetivos fijados por esta, a finales del mes de septiembre de 2014, decidió atentar contra la casa consistorial de Baralla mediante la colocación de un artefacto explosivo".

"Para ello -añade el dictamen, redactado por la Sección Primera de la AN que preside el magistrado Fernando Grande Marlaska-, con la colaboración de terceras personas no identificadas, tenía a su disposición en una construcción en ruinas en la zona boscosa de O Pedrouzo, término municipal de O Pino (A Coruña) al menos cuatro aparatos explosivos".

¿PARA PONTEVEDRA? Solo uno de los artefactos hizo explosión (el colocado en Baralla). Los otros tres, en perfecto estado y listos para su colocación, fueron hallados por los agentes de la Guardia Civil que llevaron a cabo el operativo en el citado zulo de O Pedrouzo, en las inmediaciones de la carretera que une Santiago de Compostela con Lugo. Las investigaciones no concretaron cuál sería el destino de estos artefactos, si bien es cierto que los principales indicios apuntan a que las tres bombas podrían tener como destino edificios públicos y sedes del Partido Popular en la ciudad de Pontevedra.

Jacobo Moreira, presidente del PP local, declaró en su momento que «no se puede andar con tibiezas con esa gente. Ahora, vemos que también pretendían atentar contra el Concello de Pontevedra».

EL ATENTADO CONSUMADO. La sentencia cuyos términos reconoció el terrorista lucense (natural de Barreiros) señala que "sobre las 00.30 horas del 1 de octubre de 2014, el procesado Raúl abandonó su domicilio en Santiago de Compostela en el Volkswagen Golf propiedad de su padre, en el que transportó el artefacto explosivo, dirigiéndose a la localidad de Baralla, en cuyo ayuntamiento colocó, en el lateral izquierdo de la puerta de entrada, sobre el peldaño que da acceso al inmueble, programado para estallar sobre las 4.45 horas de dicho día".

La potencia de la explosión fue tal que causó daños en cristales, techos, edificios, vehículos y enseres en un radio de 50 metros desde el lugar en el que fue colocado el artefacto.

LA BOMBA. Una olla exprés metálica de unos 24 centímetros de diámetro y seis litros de capacidad era el contenedor de la carga explosiva, de unos cuatro kilos y de naturaleza pirotécnica, que fue colocada por el ahora condenado en Baralla. Pólvora negra, perclorato potásico y aluminio eran el combustible que, detonado mediante un retardo de relojería, causó "el arrancamiento y la destrucción total de la puerta de entrada, el arrancamiento de material de obra del suelo y del muro de la fachada inmediatos al artefacto, grietas y desplazamientos en la fachada y en las columnas del soportal y numerosos impactos y proyecciones en todas direcciones. Además, en el interior del edificio se originaron derribos, desplazamientos, grietas, arrancamiento de las puertas, rotura de ventanas, caída de falsos techos y daños en el mobiliario".

Los daños, valorados en más de 220.000 euros, afectaron a 22 particulares, dos comunidades de vecinos y otras tantas empresas afincadas en las inmediaciones del lugar de la explosión, además de al edificio público.

LOS DOCUMENTOS. Las tres bombas halladas en el zulo de O Pedrouzo (de características similares a la que hizo explosión en Baralla) podrían tener como destino la ciudad de Pontevedra. Así lo opinan los investigadores de la Guardia Civil, que hallaron en el domicilio del terrorista (en la calle Santa Clara, en Santiago de Compostela), un plano de la ciudad con anotaciones manuscritas y lugares marcados en rojo, como ya indicó en su momento el juez instructor, Fernando Andreu, y considera acreditado ahora la Audiencia Nacional. El edificio del Concello, la residencia militar, las sedes del Partido Popular y otros edificios públicos de la ciudad del Lérez estaban "marcados", según señala la sentencia.

En otro documento figuraban más posibles objetivos: una relación de entidades agrupadas en dos localidades: Santiago de Compostela y Pontevedra.

LAS PENAS. En cuanto a los términos de las penas de cárcel impuestas al terrorista, que se benefició del acuerdo alcanzado con el fiscal del caso al reconocer los hechos conforme al escrito de acusación, la Audiencia Nacional le impuso tres años de cárcel por el delito de pertenencia a organización terrorista, otros tres años por el delito de depósito de aparatos explosivos y un año y medio por el ilícito penal de daños terroristas.

Además, Raúl Agulleiro Cartoy tendrá que hacer frente a los costes de los daños causados a los diferentes perjudicados por el atentado y deberá asumir un año más en libertad vigilada una vez que abandone el centro penitenciario en el que se halla recluido desde las horas siguientes a su detención.

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