Cárcel por retener a su pareja cuando le dijo que iba a romper la relación

La víctima, vecina de Pontevedra, también sufrió amenazas por parte de su expareja a través de medios telemáticos con el pretexto de publicar en redes sociales imágenes íntimas suyas
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photo_camera Audiencia Provincial de Pontevedra. DAVID FREIRE

"Acórdate sempre. Se quero empapelo Facebook co teu corpo, así que baixa a orelliña". Con estas palabras, entre otras, un individuo de 31 años amenazaba a su excompañera sentimental después de que ella decidiese poner fin a la relación que mantenían. Esa no fue más que la punta del iceberg, pues la víctima, vecina de Pontevedra, fue objeto de coacciones y amenazas en el ámbito de la violencia de género a lo largo del tiempo, hasta que logró decir basta. Y lo hizo después de que su pareja, además de las citadas amenazas por redes sociales, la llevase con su vehículo a sitios desconocidos para ella "guiado por el ánimo de impedirle moverse libremente, sentirse segura o llamar a la Policía", según indica la sentencia.

El dictamen, elaborado por el Juzgado de lo Penal 4 de la ciudad del Lérez y avalado ahora por la Audiencia Provincial, impone al investigado dos penas que suman un año y medio de cárcel, teniendo en cuenta la atenuante simple de alteración mental que debió acreditar el investigado en la fase del juicio oral.

Los hechos se iniciaron en mayo de 2018, cuando, estando la pareja en un centro comercial de A Coruña, ella le comunicó a él su deseo de poner fin a la relación. A partir de ese momento, él la llevó a una nave, paró el coche en distintos puntos pretendiendo dejarla en lugares desconocidos "donde no había a quién pedir auxilio", señala la sentencia. "Tú no sabes lo cabrón que puedo llegar a ser", le dijo, al tiempo que la insultaba y le impedía llamar a la Policía. Finalmente, sobre la una de la madrugada, el acusado regresó a su domicilio, en Santiago de Compostela.

Días después, y con el fin de "amedrentarla", el procesado envió a su expareja una foto íntima diciéndole que podría publicarla en redes. Posteriormente, ya a través de Facebook, por su perfil privado, la amenazó con publicar esa y otras imágenes íntimas, no solo en esa red, sino también "na merda do Instagram".

El procesado aún puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.

"La conducta se llevó a cabo en diferentes fechas" 
El acusado, a través de su representación legal, mantuvo un argumento sobre el desarrollo de los hechos que se le atribuyen distinto al que considera acreditado la sala, negando el relato de la víctima y ofreciendo otra versión. Junto a ello, en su recurso, puso sobre la mesa una vinculación entre una patología mental que padece y lo ocurrido, algo que, según los jueces, pudo haberle afectado levemente, de ahí que lo consideren una circunstancia atenuante. 

Por último, los magistrados estiman que se aprecie la continuidad delictiva dado que "la conducta del acusado se llevó a cabo en distintas fechas y ocasiones, aprovechándose de la misma situación y vulnerando el mismo bien jurídico personal contra la víctima". Así lo fundamenta la Audiencia.