Cierran la operación Guitarra con la condena de once narcos de Pontevedra

Julio Araújo Gómez, hijo de la expareja de Sonia Iglesias, era uno de los cabecillas de una red con capacidad para suministrar al poblado de O Vao y con clientes en el País Vasco y Canarias
Julio Araújo Gómez, durante un juicio anterior. G. GARCÍA
photo_camera Julio Araújo Gómez, durante un juicio anterior. G. GARCÍA

En enero de 2013, el Grupo de Tráfico Medio de Estupefacientes de la Comisaría Provincial de Pontevedra culminaba la operación Guitarra, posiblemente el operativo más exitoso de la citada unidad policial. 45 personas detenidas y varias redes de narcotraficantes desarticuladas fue el saldo inicial de una investigación que incluyó el decomiso de 15 básculas y tres prensas hidráulicas, una clara muestra de la capacidad de un grupo que tenía en Julio Araújo Gómez, hijo de la expareja de Sonia Iglesias, a uno de sus máximos responsables. El desenlace judicial de lo investigado, sin embargo, no resultó tan satisfactorio como el policial. Así, y previa intervención de conocidos letrados, solo once de aquellas personas llegaron a la Audiencia Provincial, librándose, además, de someterse a un juicio público: reconocieron los hechos en sala y se conformaron con condenas de entre uno y dos años de cárcel que no implicarán en el ingreso en prisión de ninguno de ellos.

El dictamen considera acreditado que los investigados se dedicaban "de modo sostenido al acopio y comercialización de sustancias estupefacientes, no solo cocaína, sino también heroína, hachís y marihuana". Uno de los indicios de ello tuvo lugar en el domicilio de Araújo, en Vilagarcía, donde fue detenido junto a José Andrés R.G. y Marcos F.V., en posesión de 80 gramos de coca. En la vivienda, además, fue hallado un laboratorio para el procesado de la droga, con prensa, plancha y báscula.

Dos años antes, el 22 de noviembre de 2011, Roberto M.J., Joaquín S.R., Ángel C.G. y Manuel J.M. cayeron en manos de la Policía en A Devesa, a las puertas de Pontevedra, en posesión de 433 gramos de coca. Dos días después caería en Sanxenxo, a las puertas de un karaoke, Antonio A.V.

Ya en 2012, en el peaje de la AP-9 de Vilaboa, sería detenido Ramón S.I., que llevaba 50 gramos de coca para el también condenado Israel G.S., que colaboraba con Domingo D.I. En sus respectivos domicilios fueron incautadas distintas cantidades de hachís, cocaína y heroína, además de útiles para su adulterado.

Así, en la vivienda de Ramón S.I., en Vilagarcía, fueron hallados 25 gramos de cocaína, 100 gramos de hachís y distintas cantidades de sustancia de corte, además de numerosos teléfonos móviles. En la casa de Domingo D.I. ubicada en Vilanova se incautó cocaína, pero también un kilo y medio de sustancia de corte (ácido bórico), un molinillo, un rodillo y dos básculas. En la de Israel G.S., en Ourense, fueron aprehendidas una báscula de precisión, cerca de 30.000 euros en efectivo y distintas cantidades de heroína, cocaína y sustancia de corte.

LAS PENAS. Para el cálculo de las penas, la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra y la Fiscalía Provincial tuvieron que tener en cuenta la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, dado que "en la tramitación de la causa se ha invertido un período de tiempo superior a los ocho años". Además, en el caso de Araújo, Marcos F. y José Andrés R.G., "en el momento de los hechos eran consumidores crónicos de sustancias estupefacientes, adquiriendo el compromiso de dar continuidad al correspondiente tratamiento de deshabituación". A todo ello se añade el reconocimiento expreso del delito por parte de todos los investigados.

Así, la Audiencia fija en un año y medio de prisión y multa de 3.500 euros la pena para Araújo, Marcos F. y José Andrés R.G. Ninguno de ellos entrará en prisión si no delinque en los próximos dos años (tres en el último caso) y se someten a tratamientos para dejar las drogas; el tribunal impone dos años de cárcel a Roberto M.G., Ángel C. G. y Joaquín S.R., todos ellos con multas de 15.000 euros; a Manuel J.M. le impone un año de cárcel y multa de 7.500 euros, mientras que a Antonio A.V., Israel G.S., Ramón S.I, y Domingo D.I. condena a un año y medio de cárcel y 2.500 euros de multa. Ninguno de ellos deberá reingresar en prisión.

Comentarios