Condenado por difundir el rostro de una mujer mientras mantenía relaciones sexuales junto al Lérez

Los hechos, que constituyen un delito contra la intimidad, se produjeron en Monte Porreiro y acabaron en la red social Facebook

Exterior de los juzgados de A Parda. CHRISTIAN FERNÁNDEZ
photo_camera Exterior de los juzgados de A Parda. CHRISTIAN FERNÁNDEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha validado una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de A Parda que condena a un individuo a seis meses de prisión y al pago de una indemnización de 1.000 euros a la víctima. El tribunal le considera autor de un delito contra la intimidad después de difundir a través de la red social Facebook imágenes de la denunciante practicando sexo oral en las inmediaciones del río Lérez, a la altura de Monte Porreiro, a través de un vídeo en el que el rostro de la mujer era perfectamente reconocible.

El dictamen considera acreditado que víctima y condenado "mantuvieron durante el año 2016 varios contactos de carácter íntimo, sin que conste que se llegara a establecer una relación de pareja. En uno de esos encuentros, el acusado realizó una grabación, de la que ella tuvo conocimiento inmediato y respecto de la cual le dijo a él que no se la enseñase a nadie". En la grabación se observa el rostro de la mujer, perfectamente reconocible, practicando sexo oral. "La escena fue grabada en una zona del barrio de Monte Porreiro, a la orilla del río y apartada de las miradas de terceros".

El mismo dictamen explica que "en fecha no concretada, pero inmediatamente anterior y próxima al 13 de junio de 2016, el acusado, sin el consentimiento de la víctima y con la finalidad de menoscabar su intimidad, envió la grabación a un perfil de Facebook" que aparece a nombre de una tercera persona, desde el que se difundió a varias más hasta que una de ellas informó a la afectada de la divulgación de las citadas imágenes.

La defensa del procesado pidió la absolución al entender que el hecho de que la víctima tuviese conocimiento de la grabación podría ampararle, argumento invalidado por la Audiencia.