Deja encinta a una joven con discapacidad intelectual y la Audiencia le exime de prisión

El tribunal condena al acusado a dos años de cárcel por abusos sexuales pero suspende la pena ? La víctima, una pontevedresa, abortó
Audiencia Provincial de Pontevedra. DAVID FREIRE
photo_camera Audiencia Provincial de Pontevedra. DAVID FREIRE

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra dictó una sentencia en virtud de la cual un acusado de abusar sexualmente de una mujer con discapacidad intelectual en el término municipal capitalino esquivará el ingreso en prisión, pese a considerar plenamente acreditados los hechos que se le atribuyen, habiendo dejado embarazada a la víctima en el año 2017.

El tribunal tiene en cuenta como circunstancia atenuante "muy cualificada" la reparación del daño, después de haber abonado la totalidad de la responsabilidad civil que le fue impuesta por los hechos. En base a ello y de acuerdo con las acusaciones (incluido el Ministerio Público), el procesado es condenado por un delito continuado de abusos sexuales a una pena de dos años de prisión que no cumplirá siempre y cuando no delinca en el plazo de cinco años, y con la obligación de abandonar el domicilio en el que reside (era vecino de la víctima), fijando uno nuevo, también para los próximos cinco años. Por último, la Audiencia le impone una orden de alejamiento y una medida de libertad vigilada por idéntico período.

Los hechos, que fueron reconocidos por el propio procesado en la Sección Cuarta, se produjeron desde los meses de verano de 2017. La víctima, que reside con sus padres en Pontevedra, afectada "por un grado de discapacidad intelectual del 67 por ciento", detalla la sentencia, "se veía frecuentemente a solas con su vecino, el procesado, que vive en una casa a escasos metros". El dictamen aceptado por el condenado continúa explicando que "en varios de esos encuentros, aproximadamente siete u ocho ocasiones, el procesado invitaba a la víctima a una finca próxima y, una vez allí, guiado con un afán de atentar contra la libre determinación sexual de aquélla así como para satisfacer su instinto sexual y siendo conocedor del retraso mental que sufría ella y que por eso mismo carecía de capacidad para consentir relaciones sexuales de forma consciente", por lo que desconocía su alcance y sus consecuencias, "la llevaba al interior de una caseta, donde mantenían relaciones".

En al menos otra ocasión, el acto tuvo lugar en una carballeira próxima, hasta finales de octubre o principios de noviembre de 2017, cuando la víctima se quedó embarazada, "sin que el embarazo de la misma haya sido llevado a término, ya que se le practicó un aborto en enero de 2018".

El posterior análisis del feto determinó al 99,9 por ciento de posibilidades que el procesado era el padre. El dictamen, suscrito a puerta cerrada y sin la presencia de medios de comunicación, es firme.