Greenpeace discrepa del Supremo sobre la sentencia de Ence y acudirá al Constitucional

La organización ve razonable formular un recurso de amparo al entender que el Supremo plantea una visión muy restrictiva de la protección del litoral
Imagen de la fábrica de Ence en Lourizán. RAFA FARIÑA
photo_camera Imagen de la fábrica de Ence en Lourizán. RAFA FARIÑA

A los recientes recursos anunciados por el Concello de Pontevedra, que presentará una cuestión de nulidad ante la Audiencia Nacional para que se juzguen aspectos en los que el Alto Tribunal no llegó a entrar cuando sentenció hace un año sobre la prórroga de Ence, se suma ahora la intención expresada por Greenpeace de recurrir ante el Tribunal Constitucional, que insiste en la posición del Ministerio de Transición Ecológica sobre la necesidad de no prorrogar concesiones en el caso de tratarse de industrias que, por su actividad, puedan trasladarse a cualquier otro emplazamiento. 

La organización ecologista Greenpeace ve "razonable" plantear la formulación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para seguir dando la batalla judicial y liberar el Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) de Lourizán, en la ría de Pontevedra, Galicia, de la presencia de la pastera Ence, que lleva ahí desde 1958. Los servicios jurídicos de la organización entienden que el Tribunal Supremo plantea en la Sentencia una visión "muy restrictiva" de la protección del dominio público marítimo-terrestre que le lleva a "permitir concesiones centenarias con ocupación industrial del mismo".

En su análisis de la Sentencia del Supremo, Greenpeace considera que el alto Tribunal no protege la esencia del dominio público marítimo terrestre y la excepcionalidad de su ocupación, lo que le lleva a concluir, de forma errónea en opinión de la organización ecologista, la inaplicabilidad del artículo 32.1 de la Ley de Costas, según el cual "únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación", cuestión que la industria pastera incumple.

Entre otras cuestiones, la organización ecologista alerta de que el Tribunal Supremo no está aplicando esa excepcionalidad de ocupación y desvincula la defensa del litoral y la protección ambiental, justificando su decisión exclusivamente en un informe ambiental de la Xunta de Galicia. Esto supone, a juicio de los servicios jurídicos de Greenpeace, una interpretación absolutamente restrictiva e incompleta, por cuanto la defensa del litoral va mucho más allá de un informe ambiental. También debe tener en cuenta los efectos de la propia ocupación física, la evidente destrucción de hábitats, la incompatibilidad con usos sostenibles del litoral y que "va a acabar produciendo un sistema transitorio de un siglo de duración, con el impacto potencialmente irreversible sobre estos ecosistemas tan delicados", como recuerda el voto particular de la Magistrada Huet de Sande. En este sentido llama la atención que la sentencia omita en todo momento el artículo 132 de la Constitución española, que sustenta todo el régimen excepcional del DPMT y el que fundamenta la ocupación excepcional del mismo.

"Resulta anacrónico e indignante que una concesión pre-constitucional, establecida durante el franquismo, sea privilegiada de esta manera gracias a un traje a medida confeccionado por el ex-ministro Arias Cañete y su vergonzosa reforma de la Ley de Costas en 2013. Creemos que la interpretación del Tribunal Supremo no es acorde con la esencia de la protección del litoral, por lo que vamos a seguir luchando por la ría de Pontevedra. La Justicia con mayúsculas tiene que poner a las personas y al Planeta primero, y más en un momento de emergencia climática y crisis de biodiversidad", ha indicado Eva Saldaña, directora ejecutiva de Greenpeace España.

Por último, la organización ecologista ha recalcado que no deja de resultar una triste ironía que la Sentencia del Tribunal Supremo en aras de la motivación ambiental entienda que es admisible que una papelera ocupe una ría durante más de 100 años y que por el contrario desconozca los criterios de protección del litoral que consagra la Constitución española.

"Todo lo que rodea el caso Ence ha olido siempre muy mal. Desde su privatización se han rebasado muchas líneas rojas, con cambios de normativas ad hoc, indignantes puertas giratorias protagonizadas por los más altos cargos de Medio Ambiente y Costas, informes ambientales muy discutibles, un incesante greenwashing e incluso el olvido de condenas por delito ecológico continuado. No podemos conformarnos con esta sentencia del Supremo", ha concluido Manoel Santos, coordinador de Greenpeace en Galicia.

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