Una sentencia obliga al Concello de Pontevedra a permitir cambios de turno para conciliar

La Justicia reconoce el derecho de un policía local a permutar su jornada por la de otro compañero en caso de necesidad familiar
Un agente de la Policía Local. ARCHIVO
photo_camera Un agente de la Policía Local. ARCHIVO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Pontevedra acaba de reconocer el derecho de un funcionario municipal a cambiar su turno de trabajo con el de otro compañero para poder conciliar. La sentencia, dada a conocer este martes por Comisiones Obreras, cuyo gabinete jurídico fue el encargado de denunciar el caso, obliga al Concello a autorizar permutas de jornadas laborales por necesidad familiar. 

La resolución, firmada por la magistrada Inés Nicolás Herrero, afectaba a un policía local que en verano del año pasado (los días 30 y 31 de agosto y 14 y 15 de septiembre) había pedido el cambio de turno con otro agente del cuerpo. El motivo es que tenía que cuidar de su hijo, nacido en 2016, porque su mujer no podía hacerse cargo de él al ser trabajadora del Sergas "en horarios irregulares y en régimen de turnos". 

La solicitud del policía fue desestimada en las cuatro ocasiones por el jefe de Recursos Humanos, José Manuel González Abal. Esta situación llevó a Comisiones Obreras a elevar el asunto a los tribunales. El fallo, que es firme, obliga al Concello a autorizar cambios de turno por razones de conciliación aunque no se respeten las doce horas de descanso entre jornada y jornada. 

El sindicato pedirá explicaciones a la Concellería de Persoal, que dirige Carmen Fouces, y solicitará que se investiguen los hechos. También abren la puerta a pedir "responsabilidades" por los "daños y perjuicios causados al trabajador y a su familia".