Ordenan investigar a un profesor de gimnasia de la comarca de Pontevedra por abusos sexuales

La Audiencia desdice al juzgado instructor, que entendió que los tocamientos denunciados podrían estar "en el contexto deportivo"
Pazo de Xustiza de Pontevedra, sede de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra. DAVID FREIRE
photo_camera Pazo de Xustiza de Pontevedra, sede de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra. DAVID FREIRE

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ordenó al juzgado que continúe con las investigaciones por un presunto delito de abusos sexuales cometido por un profesor de Educación Física de un instituto de la comarca, acusado de realizar varios tocamientos a una de sus alumnas a lo largo del segundo trimestre del curso 2016-2017 en el propio centro escolar. Lo hizo después de que el instructor decretase el archivo provisional de las actuaciones al entender que no existe prueba de que los hechos denunciados "se hayan llevado a cabo con ánimo libidinoso, sino en un contexto deportivo".

La Audiencia, por contra, entiende que "existen indicios de la comisión en términos de probabilidad razonable". Indica, además, que "no se requiere el ánimo libidinoso, sino el conocimiento sexual de la conducta".

"En el caso que nos ocupa -continúa la Audiencia-, la denunciante afirma que el investigado le tocó tres veces el culo, dos mediante cachetadas o palmetadas y una tercera poniéndole directamente la mano abierta sobre el culo dándole un empujón". Una testigo, además, declaró que en una clase de masajes "se acercó un poco al culo, fue algo rápido y creo que tenía fines sexuales", a lo que añadió que "tiene fama de sobón".

Es de significar que la menor denunció un cuarto episodio ocurrido durante el festival de Navidad de 2017, un hecho con prueba "muy endeble" y que queda fuera de la investigación.

Por todo ello, y ante la duda razonable existente acerca de la posible comisión de los hechos denunciados, la Sección Segunda estima el recurso interpuesto por la representación legal del padre de la supuesta víctima. Señala, asimismo, que contra la presente resolución no cabe posibilidad de recurso.