Afronta tres años de prisión por la supuesta apropiación del préstamo a una empresa

Un pontevedrés está acusado de quedarse con 60.000 euros que obtuvo tras al hacerse pasar por apoderado de la compañía

La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra ha celebrado este jueves un juicio por estafa en el que se han sentado en el banquillo de los acusados J.J.J., para el que la Fiscalía pide que se sobresea la causa, y J.C.M., al que el Ministerio Público pide tres años de prisión por, supuestamente, hacerse pasar por apoderado de una empresa para quedarse con 60.000 euros que obtuvo a través de un préstamo personal.

Durante la vista, la defensa de J.C.M. ha alegado la prescripción de este delito, algo que la fiscal ha rechazado dado que considera que se produjo en su modalidad "agravada", por lo que el plazo de prescripción crece a diez años.

Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, el 31 de octubre de 2007 el acusado, con afán de obtener un beneficio patrimonial ilícito y actuando como falso apoderado de la mercantil C.M.J. S.L., suscribió un contrato de préstamo personal con intereses por un importe de 60.000 euros con J.J.J.

Por virtud de dicho contrato, J.J.J. prestó esta cantidad a la empresa, ya que el acusado, actuando en nombre de la mercantil, había comprometido vender antes del 31 de diciembre de 2010 unas fincas propiedad de ésta para así restituir al prestamista los 60.000 euros y un porcentaje del importe de la venta en concepto de intereses.

APODERADO DE UNA EMPRESA

El acusado la operación simulando ser el apoderado de una empresa que había cambiado su denominación y respecto de la cual ya no era administrador, para así "poder incorporar a su patrimonio 60.000 euros que ni integró a la mercantil ni restituyó al prestamista".

Según la Fiscalía, el 4 de julio de 2012, el acusado otorgó escritura notarial de reconocimiento de deuda en favor de J.J.J. por la suma de 60.000 euros y ese mismo año el prestamista instó un procedimiento monitorio contra la empresa para recuperar el dinero.

Como las notificaciones del procedimiento seguido contra la empresa se dirigieron al domicilio personal del acusado, la sociedad, que había cambiado de nombre, no tuvo conocimiento de la existencia del mismo hasta que "casualmente" descubrió que sus bienes habían sido bloqueados para satisfacer el pago de la deuda.

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