¿Qué futuro tiene el recurso de Ence?

Descartado el traslado, el futuro de Ence en Lourizán depende de si la compañía logra o no validar la prórroga de su concesión en los juzgados. El reto no es fácil. La Ley de Costas bloquea su permanencia y no hay garantías de que el Supremo acepte el recurso
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photo_camera Participantes en una manifestación a favor de la continuidad. J.L. OUBIÑA

No hay más vuelta de hoja. El futuro de Ence en Lourizán depende única y exclusivamente de cómo se resuelva la batalla judicial que disputará en los tribunales para intentar revocar la sentencia que acaba de anular la prórroga de su concesión. La compañía descarta tajantemente la construcción de una nueva planta en Galicia y ya ha dicho a inversores y trabajadores que, si el veredicto emitido por la Audiencia Nacional se confirma, cerrará la planta pontevedresa y reforzará la producción en el complejo fabril de Navia.

La hoja de ruta aboca a plantilla, proveedores y contratistas a esperar cómo resuelve el caso la justicia y todos se hacen la misma pregunta: ¿Qué posibilidades hay de salvar la fábrica en los juzgados? Por el momento, el interrogante acepta distintas respuestas, pero se presume que no será sencillo cambiar el sentido del fallo emitido por Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el que se considera que Ence puede desarrollar su actividad en otro emplazamiento.

¿Aceptará el Tribunal Supremo el recurso de casación?

La compañía ha anunciado que presentará un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional en el plazo establecido, que son 30 días hábiles a contar desde la notificación. Este tipo de recursos tienen por objeto la casación (firmeza) de una sentencia o la anulación de la misma ante el Tribunal Supremo, pero la inmensa mayoría (más de un 95% según fuentes judiciales) se quedan por el camino, sin llegar a ser estimados.

Letrados que siguen el caso apuestan por una resolución negativa

En 2015 el Gobierno central modificó la Ley del Poder Judicial y, entre otras cosas, acordó examinar el "interés casacional objetivo" de los recursos de casación para decidir si se aceptan o no a trámite. Como consecuencia, solo pasan el filtro las quejas que por su trascendencia jurídica, económica o social merezcan un pronunciamiento del Tribunal Supremo, y especialmente aquellas que dan pie a crear jurisprudencia. ¿El caso de Ence cumple los requisitos? Está por ver, pero hay letrados que siguen de cerca el caso y que apuestan por una resolución negativa. Por ejemplo, el socio director de Pérez-Lema Avogados e Consultores, Xoán Antón Pérez-Lema, quien explica que los recursos de casación solo permiten revisar la "debida aplicación" del derecho estatal, algo que considera que se ha cumplido en la sentencia de Ence.

¿Qué argumentos juegan en contra de la continuidad?

La empresa no ha desvelado su estrategia judicial, pero a juicio del abogado Pérez Lema uno de los grandes hándicaps de la compañía para prosperar con su recurso de casación es que la sentencia de la Audiencia Nacional se apoya en un hecho "indiscutible", como es el artículo 32.1 de la Ley de Costas. Este dice literalmente que "únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación", y en el caso de Ence la compañía no ha logrado convencer al jurado de que necesite estar en el litoral. Además, el letrado recuerda que "cando unha norma é tan clara como esta, non cabe interpretación" y añade que el Supremo nunca podría corregir las conclusiones de la Audiencia Nacional sobre los hechos probados. Entre ellos, la existencia de otras pasteras que desarrollan su actividad fuera del dominio público marítimo-terrestre, "como a que ten a propia Ence en Navia". Por este motivo, ve complicado "una solución acaída no marco do Estado de Dereito para que Ence siga fabricando en Lourizán".

La sentencia de la Audiencia Nacional se apoya en un hecho "indiscutible", como es el artículo 32.1. de la Ley de Costas

¿Cuándo se podría llegar a una sentencia firme?

Fuentes del Tribunal Supremo indican a este periódico que no existen plazos "máximos ni mínimos" para admitir o desestimar los recursos de casación y que éstos se van evaluando por orden de entrada. En todo caso, algunos expertos consideran probable que en el plazo de un año se pueda saber ya si el recurso de casación prospera o no. En el supuesto de que se desestime, la sentencia de la Audiencia Nacional sería firme y, según Ence, implicaría el cierre de Lourizán. En el supuesto de que se acepte, habría que ver en qué sentido resuelve el Supremo.

La compañía, que insiste en la validez de la prórroga otorgada por el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy hasta 2073, asevera que llegará hasta las últimas instancias judiciales. El gran escollo es que existen serias dudas sobre el hecho de que la causa reúna los requisitos para acudir al Tribunal Constitucional o al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya que hasta ahora el grupo no ha denunciado la vulneración de los derechos por los que velan ambos tribunales.

En el supuesto de que se desestime el recurso, la sentencia de la Audiencia Nacional sería firme y, según Ence, implicaría el cierre de Lourizán

¿Cuánto tiempo más puede estar funcionando la compañía?

En principio, la pastera está en condiciones de seguir actuando hasta obtener tener una sentencia firme, algo que podría ocurrir en un plazo variable de entre uno, tres y hasta cinco años (en el supuesto de que la causa llegue a Luxemburgo) . El problema en este caso es que, vista la situación y las previsiones de futuro, los trabajadores temen que se produzca un cierre precipitado, antes incluso de que los tribunales se pronuncien. Sobre todo, si el mercado de la celulosa pega un vuelco y pasa de manejar precios históricos como los de ahora a cotizaciones más bajas.

Suspendida la posibilidad de producir pasta hasta 2033
Tanto el Gobierno como la empresa siempre tuvieron en mente la posibilidad de que Ence pudiera seguir produciendo celulosas hasta 2033, que es cuando se cumpliría el tope de 75 años que contempla la Ley de Patrimonio Público para todas las concesiones. En cambio, la sentencia de la Audiencia Nacional ha sido más firme de lo esperado y ha declarado la anulación íntegra de la prórroga (concedida en 2016 y con validez hasta 2073). Esto significa que para seguir activa, la empresa tendría que pedir una nueva prórroga o una nueva concesión, algo que, a tenor de los argumentos de la Audiencia, es inviable.

La sentencia, dada a conocer el pasado 16 de julio, afecta a los recursos presentados por el Concello y Greenpeace. Falta por conocer la resolución de la denuncia cursada por la Asociación Pola Defensa da Ría (APDR), si bien el colectivo ecologista presume que la Audiencia Nacional resolverá el caso en los mismos términos. La previsión es que este veredicto sea publicado a mediados de septiembre.

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