Rechazan la rebaja de pena para un agresor sexual condenado en Pontevedra

El condenado, tras la entrada en vigor de ley del "solo sí es sí", presentó un escrito interesando la revisión, que le niegan porque  "la misma pena, con las circunstancias que se tuvieron en cuenta, puede ser impuesta tras la reforma
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SECCIÓN CUARTA. Juicio por agresión sexual a una mujer haciéndose pasar por su vecina, martes, 11 may · 10:00–11:00
photo_camera El condenado se hizo pasar por una vecina para poder acceder a la casa. DP

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rechazado revisar la condena de once años de cárcel impuesta a un vecino de Tomiño por acceder a una vivienda, violar y agredir a la mujer que vivía en ella.

El tribunal, que en su momento tuvo en cuenta la agravante de uso de disfraz porque llevaba su rostro cubierto, lo consideró responsable de un delito de allanamiento de morada en concurso medial con un delito de agresión sexual en su modalidad de violación y con un delito de lesiones.

Se presentó en la vivienda de la víctima imitando una voz de mujer para que le abriesen la puerta y, cuando consiguió acceder, "la agarró fuerte por los brazos y la empujó hacia el interior de la vivienda"

La Audiencia Provincial explica en el auto que el condenado, tras la entrada en vigor de la LO 10/22, también conocida como ley del "solo sí es sí", presentó un escrito interesando la revisión de la pena impuesta entendiendo que la nueva ley le resulta más favorable. Sin embargo, la Audiencia decreta que no procede acceder a la revisión interesada porque "resulta que la misma pena, con las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su momento, puede ser impuesta tras la reforma operada por la LO 10/22". Contra el auto cabe presentar recurso.

Para cometer el delito, el procesado se presentó en la vivienda de la víctima imitando una voz de mujer para que le abriesen la puerta y, cuando consiguió acceder (ella intentó cerrar la puerta pero no pudo), "la agarró fuerte por los brazos y la empujó hacia el interior de la vivienda", según explica la sentencia, que añade que "al llegar al salón la tiró al suelo y se colocó de rodillas entre las piernas y, con ánimo de satisfacer su deseo sexual, metió la mano por debajo de la camiseta del pijama que aquélla llevaba puesta y le tocó los pechos, comenzando ella a gritar al tiempo que intentaba quitarle a su agresor la prenda que le cubría el rostro, sin conseguirlo", continúa el tribunal en su relato de hechos probados.

El acusado, para evitar que siguiese gritando, "tapó con una mano la nariz y la boca de la víctima al tiempo que con la otra mano siguió realizando tocamientos por el cuerpo. A continuación y sin solución de continuidad, con la finalidad de menoscabar la integridad física de la víctima, el acusado cogió a ésta por la cabeza y se la golpeó repetidamente contra el suelo. Tras estos hechos el acusado abandonó el lugar dejando a la víctima tirada en el suelo", concluye el relato.

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