El Sergas sopesa la posibilidad de expropiar el suelo de Montecelo

Sanidade dice que está "traballando para artellar a fórmula axeitada" que permita llegar a un acuerdo con Mourente "o antes posible"
Hospital Montecelo. GONZALO GARCÍA
photo_camera Hospital Montecelo. GONZALO GARCÍA

El Servizo Galego de Saúde (Sergas) está "traballando para artellar a fórmula axeitada" para llegar a un acuerdo "á maior brevedade posible" con la Comunidade de Montes de Mourente que le permita continuar utilizando los terrenos en los que está situado el Hospital Montecelo. No descarta la opción del pago de un canon anual ni, incluso, la posibilidad de recurrir a la expropiación de los 39.306 metros cuadrados (3,9 hectáreas) que ocupa la parcela donde se levantó la antigua Residencia Sanitaria.

Esta ha sido la respuesta que ofreció este lunes la Administración sanitaria al ultimátum que le dio el colectivo parroquial (propietario del suelo donde están situadas las instalaciones hospitalarias) para en el que le advertía que acudiría a la vía judicial si en el plazo de un mes no fijaba una fecha para retomar las negociaciones.

El Sergas matiza que la disputa sobre la titularidad de los terrenos "non se plantexou en ningún momento co Sergas ou coa Xunta, senón coa Tesourería da Seguridade Social, que era a que transferiu os dereitos á comunidade autónoma". Precisa que fue ese organismo estatal el que decidió "que se resolvera xudicialmente a situación en lugar de formular unha negociación cos comuneiros".

"Unha vez que a sentenza é firme -añade el Sergas- houbo unha reunión con eles barallando cales son as opcións e se lles plantexou a expropiación e outra vía establecendo un canón".

Los comuneros de Mourente rechazan cualquier medida que suponga la pérdida de la propiedad que acaban de recuperar mediante la vía judicial

COMUNEROS. La junta directiva de la Comunidade de Montes de Mourente cuenta con el respaldo unánime de los vecinos que participaron en la última asamblea para formular sus propuestas al Sergas, entre las que se encuentra el pago de un canon anual por el uso de los terrenos que le supondría "un balón de osíxeno" para afrontar el coste de los trabajos de mantenimiento del monte.

La entidad parroquial subraya que a Sanidade "non lle queda outra saída que regularizar a situación dos terreos" para lo que solo tiene dos opciones: o llegar a un acuerdo para la cesión de la parcela en unas condiciones que, asegura, "lle serán facilmente asumibles", u optar por la expropiación.

En todo caso, los comuneros de Mourente rechazan cualquier medida que suponga la pérdida de la propiedad que acaban de recuperar mediante la vía judicial. Se oponen a cualquier expropiación que convierta en públicos los terrenos vecinales para evitar la posibilidad de que en un futuro acabasen siendo privatizados.

La resolución judicial dictada por el Tribunal Supremo el 31 de julio de 2018 ratificó que los terrenos ocupados por el Hospital Montecelo son propiedad de la Comunidade de Montes de Mourente. "Con esta sentencia se pone fin a este litigio histórico y solo queda regularizar la situación jurídica de la ocupación", señala el gabinete jurídico de Calixto Escariz, que defendió a los comuneros en el pleito.

El Estado recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial, siendo finalmente desestimado por el carácter "indivisible, inalienable e imprescriptible" del monte comunal

Tras la sentencia de la Audiencia Provincial a finales de 2017, que desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social, el Supremo tampoco aceptó el recurso de queja interpuesto por ese organismo estatal que sostenía que, tras su adquisición al Concello en 1971, dicha parcela era de dominio público, y que además afecta a un servicio público (sanitario).

Frente a este argumento, ya la primera sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pontevedra declaraba en 2016 la nulidad "radical, absoluta y de pleno derecho" de la escritura pública de cesión, estimando la reclamación de los terrenos efectuada por la Comunidade de Montes de Mourente.

El gabinete de Calixto Escariz destaca que en esta resolución fueron claves las pruebas documentales y los testimonios de los vecinos que acreditaban el "uso por el común" de la parcela.

El Estado recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial, siendo finalmente desestimado por el carácter "indivisible, inalienable e imprescriptible" del monte comunal.

Tras la resolución del Supremo, ahora queda pendiente la regularización de la situación jurídica de la ocupación del terreno

Finalmente, el Tribunal Supremo ratificó que "ninguna eficacia puede tener una inscripción registral frente a una posesión inmemorial" debido al "carácter inapropiable e imprescriptible de estos montes", manteniendo el argumento de la primera sentencia.

Tras la resolución del Supremo, ahora queda pendiente la regularización de la situación jurídica de la ocupación del terreno con el análisis de las dos opciones posibles: expropiación o cesión.

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