Condenan al Sergas por la muerte de una persona que contrajo la pseudomona aeurginosa en el CHOP

La sentencia afirma que lo ocurrido "era previsible y evitable"
Dos ambulancias en la entrada de Montecelo. DAVID FREIRE
photo_camera Dos ambulancias en la entrada de Montecelo. DAVID FREIRE

Un juzgado de lo contencioso de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas y a su aseguradora a indemnizar a la familia de una paciente por daños y perjuicios por el fallecimiento del padre y esposo, vecino de Pontevedra y de 65 años de edad en el momento de los hechos -en el año 2014-.

Feneció en el CHUP de Pontevedra al haber contraído intrahospitalariamente la bacteria pseudomona aeurginosa

La defensa de la familia de la victima fue ejercida por el abogado Cipriano Castreje, que señala que si bien la sentencia "es ejemplar" en cuanto a determinar que el Sergas no consiguió demostrar a lo largo del procedimiento administrativo y judicial que se cumpliesen los protocolos de asepsia, muestra su desacuerdo en que el tratamiento tras detectar que el paciente estaba infectado fuese el adecuado.

El caso se remonta al año 2014 cuando el paciente ingresa por una enfermedad oncológica que estaba siendo tratada en el CHOP.

Según indica el abogado, el Sergas no niega la existencia de la infección por la pesudomona ni de que esta fuese adquirida en el hospital.

Señala la sentencia que en “algún momento concreto se rompe la cadena de asepsia y si se hubiesen llevado a cabo las medidas preventivas no se habría producido la infección, por lo que el contagio era previsible y evitable”.

Termina el juzgado condenando al Sergas y a la aseguradora a pagar a la familia la suma de 66.000€ más los intereses por entender que al existir comorbilidades y otras enfermedades concomitantes la pseudomona no fue la única causa aislada del fallecimiento del paciente.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida por el Sergas y por la familia.