Las claves de la sentencia del Supremo sobre los crematorios

Una de las primeras protestas de los vecinos de A Parda contra los crematorios en el año 2013. ALBA SOTELO (ADP)

El alto tribunal rechaza el recurso que el Concello presentó contra la anulación de su ordenanza, que prohibía construir estos hornos a menos de 50 metros de las casas ▶ Pontevedra podrá suspender licencias a partir de marzo

Varapalo judicial en Pontevedra. El Tribunal Supremo acaba de dar un duro golpe al Concello al no admitir a trámite el recurso de casación que había presentado para evitar la anulación de la ordenanza que desde 2015 regulaba la construcción de hornos crematorios en el municipio.

La intención del Gobierno local era defender la normativa que había tumbado previamente el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a raíz de la demanda de la plataforma anticrematorios, que se oponía a la apertura de un negocio de estas características en San Amaro.

La resolución del TSXG, que invalidó el reglamento por carecer del trámite de evaluación ambiental, tuvo el efecto contrario al que buscaba el colectivo vecinal porque abre la puerta a que este tipo de instalaciones puedan levantarse en el casco urbano o cualquier otro punto.

¿Qué dice el Supremo?

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo rechazó, con fecha del pasado 10 de enero, el recurso del Ayuntamiento al entender que no reúne las características suficientes como para que el tribunal emita un veredicto al respecto. La resolución del alto tribunal supone, en la práctica, dar firmeza al dictamen del TSXG que anulaba la ordenanza de crematorios. Y, por extensión, derogar la modificación puntual del PGOU que Pontevedra aprobó para dar soporte urbanístico y legal a la misma.

¿Qué dice la normativa local?

El debate sobre dónde y cómo se deben construir los crematorios en Pontevedra empezó en 2012. El reglamento se aprobó dos años después, en 2014, pero no fue hasta 2014 cuando la Xunta le dio el visto bueno definitivo. En todo este proceso, la Consellería de Medio Ambiente eximió al Concello de someter a evaluación ambiental los cambios de su plan urbanístico, el que dio cobertura legal a la norma para construir estos hornos incineradores. La ausencia de este trámite fue a lo que se agarró el TSXG para anular la ordenanza.

El reglamento municipal establecía una serie de requisitos para estas instalaciones. Se prohibía su construcción en suelo residencial y solo se autorizaban en suelo rústico (y previa aprobación de un Plan Especial de Infraestruturas e Dotacións). Además, estos negocios debían guardar una distancia mínima de 50 metros de viviendas y de los límites fronterizos con Poio. La misma distancia se aplicó a centros de salud, colegios, zonas deportivas y otros equipamientos.

Estos vetos desaparecen ahora tras el pronunciamiento del Supremo. "Neste momento pódense facer crematorios a menos de 50 metros das casas", recordó este martes el portavoz municipal, Raimundo González Carballo, que fue quien dio a conocer la resolución del alto tribunal, que impone las costas del proceso al Concello. "Con esta situación, os prexudicados son os veciños reclamantes", lamentó.

¿Se pueden hacer crematorios?

En teoría sí, pero lo cierto es que la apertura de un crematorio en A Reigosa (Ponte Caldelas) por parte de la funeraria San Marcos podría frustar cualquier intento de este tipo en Pontevedra por una cuestión de mercado.

De momento, el único proyecto de horno que hay encima de la mesa es el que Funespaña tramitó en San Amaro. El plan, que superó el informe ambiental de la Xunta, está paralizado desde 2015 y su futuro es incierto debido a la posible fusión de esta compañía (propiedad de Mapfre) con Albia (de Santa Lucía).

El interés por este sector llevó a la iniciativa privada a prever la construcción de cinco crematorios en Pontevedra, pero solo uno cumplía los requisitos de la ordenanza pontevedresa. Los otros cuatro (el de Las Corrientes en Arcebispo Malvar, el que San Marco situó junto al tanatorio de San Amaro, el que Albia propuso en las inmediaciones de la rotonda de acceso a Montecelo y el de Pompas Fúnebres y Alianza y Barros al lado del Hospital Montecelo) quedaron en el cajón. Ahora podrían resucitar.

Portavoces de la obra funeraria de Las Corrientes confirmaron el martes a este periódico que su intención es continuar con la tramitación del tanatorio en la antigua finca del gimnasio Teucro, que parece no avanzar después de varios requerimientos de Patrimonio de la Xunta que aún no se han resuelto. Por lo tanto, parece que el plan inicial de un crematorio se ha descartado.

¿Qué hará el Concello?

Ante la resolución del Supremo el Concello tiene dos opciones. La primera es reiniciar la tramitación de su ordenanza de creamatorios, un escenario que el portavoz municipal, Raimundo González Carballo, evitó confirmar el martes. "Estano estudando os servizos técnicos", dijo.

La segunda alternativa del Gobierno local pasa por volver a suspender las licencias para la construcción de este tipo de instalaciones. Se trata de una medida que ya utilizó entre diciembre de 2012 y marzo de 2015 para contener las protestas de los vecinos mientras tramitaba el reglamento que se acaba de anular.

La fórmula de impedir que las empresas soliciten permiso para levantar sus hornos para incinerar cadáveres podría repetirse a partir del próximo mes de marzo, ya que han pasado los cuatro años reglamentarios desde la última vez que se usó.

Desde 2013. Los anticrematorios siguen con las protestas en A Parda
La plataforma Non Crematorios Pontevedra Leste mantiene las protestas contra la construcción de este tipo de instalaciones a menos de 500 metros de las casas. Las concentraciones comenzaron en 2013 y desde entonces todos los viernes se reúnen en A Parda para mostrar a la ciudadanía que su movilización sigue viva.

Dos tanatorios
Pontevedra tiene en la actualidad dos tanatorios, uno situado en San Amaro (en fase de ampliación) y otro en Virxe do Camiño. Ambos pertenecen al grupo funerario San Marcos, que en 2018 compró Pompas Fúnebres. Albia proyecta abrir otro negocio de este tipo en la rotonda de acceso a Montecelo.