"Te puedo enterrar en la huerta y nadie se va a enterar"

Tres años de cárcel para un maltratador que sometió a "continuos actos de violencia física y psíquica" a su pareja en Pontevedra

Imagen de una iniciativa contra la violencia de género desarrollada en A Peregrina. JESSYCA OCAMPO
photo_camera Imagen de una iniciativa contra la violencia de género desarrollada en A Peregrina. JESSYCA OCAMPO

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha otorgado firmeza a la sentencia del Juzgado de lo Penal 4 de A Parda que condena a un individuo a tres años y cinco meses de prisión por varios delitos de violencia de género, después de someter a su pareja a "constantes actos de violencia física y psíquica" en un punto de la provincia que el dictamen no desvela para preservar la intimidad de la víctima.

La sentencia, contra la que aún cabe recurso, explica que el procesado "la trataba a golpes, empujones, agarrones y puñetazos en la cabeza, además de constantes menosprecios", especialmente en los últimos seis meses de la relación, en el año 2016.

El juez explica que, además de los constantes insultos, impedía a su pareja ver a su familia, controlando en todo momento el dinero que podía gastar. "La víctima vivió la situación con tal temor que pensó que la única forma de resolver estas situaciones era suicidándose".

Entre los episodios concretos, la sentencia señala uno en el que el acusado cogió un cuchillo y "lo enarboló haciendo ademán de clavárselo", y otro en el que "cogió un destornillador y se lo puso cerca del cuello y para asustarla le dijo que la podía enterrar en la huerta, que nadie se enteraría".

En otra ocasión, añade el dictamen, la cogió por el pelo delante del niño que tenían en común "tirándola al suelo con la intención de hacerle daño".

Junto a las citadas penas de cárcel, procedentes de dos delitos de maltrato y otros dos de amenazas, la Audiencia impone al ahora condenado varias órdenes de alejamiento de la víctima (que suman más de cinco años en total), la privación del uso de armas durante dos años y la prohibición de comunicarse con la víctima durante cinco años.