TSJG condena a un pontevedrés por allanar la vivienda de su expareja

La pena impuesta es de un año de prisión y cinco más con orden de alejamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha confirmado la pena de un año de prisión y cinco de alejamiento a un pontevedrés, R.R.C., por allanar el domicilio de su expareja.

El hombre y la mujer se habían separado tras doce años de relación, y en el juicio el jurado determinó que el hombre había entrado en la vivienda sin permiso, pero no que se hubiese escondido en el armario mientras su expareja y su actual novio estaban en el dormitorio, como sostenía la Fiscalía.

El condenado recurrió el fallo por una supuesta falta de voluntad de allanar la morada, pero el Tribunal entiende que en este tipo de casos "la jurisprudencia más reciente" permite condenar si se tiene conciencia "de que se está entrando en morada ajena contra la voluntad (expresa o incluso tácita o presunta) de los moradores, de forma consciente y voluntaria".

Antes de la condena el hombre ya había incumplido en repetidas ocasiones una orden de alejamiento.