Un juzgado anula una hipoteca en francos suizos porque la entidad bancaria no alertó de los riesgos

La sentencia critica la falta de transferencia de Bankinter, que ocultó información sobre el préstamo multidivisa
Sede de los Juzgados de Pontevedra
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La falta de transparencia y, sobre todo, la nula advertencia de los riegos que conlleva un préstamo multidivisa (sujeto a continuas fluctuaciones del cambio de moneda) son los principales argumentos para que el Juzgado de Primera Instancia haya anulado parcialmente el crédito hipotecario suscrito por un matrimonio pontevedrés con Bankinter en junio de 2006.

Los afectados son socios de la Asociación de Usuarios Financieros, colectivo que les representó en el pleito que, finalmente, acabaron ganando a la entidad bancaria. Asufin aclara que el afectado es licenciado en Pedagogía y su esposa licenciada en Historia y Ciencias de la Música, es decir, "ambos carecían de conocimientos relacionados con el ámbito financiero". La finalidad del préstamo era anular uno anterior sobre su vehículo y financiar la rehabilitación de su vivienda habitual.

El marido supo, a través de su hermano (que era cliente de Bankinter), de la posibilidad de contratar un préstamo hipotecario en francos suizos y solicitó la información oportuna. La negociación fue vía telefónica y por correo electrónico con el demandante. Por el contrario, la mujer no negoció nada y se limitó a firmar ante notario.

"VISIÓN DISTORSIONADA". Ambos sabían que contrataban en francos suizos, "aunque siempre se habló en euros, tanto al inicio del contrato como en las renovaciones realizadas en 2007 y en 2015", asegura la asociación. Así, jamás se les informó de que el capital prestado podía aumentar, ni tampoco del riesgo de la multidivisa, "ofreciéndoles una visión distorsionada del producto".

Aunque la pareja conocía este tipo de hipoteca, Asufin subraya que ello no exime a Bankinter de su obligación de informar sobre sus riesgos. Del mismo modo, el empleado de la entidad no pudo explicar por qué consideró que este tipo de préstamo era idóneo para los deudores, sabiendo que ninguno de ellos tenía nada que ver con el mundo financiero. En el juicio declaró haber prestado la información correspondiente, pero no pudo acreditarlo mediante prueba documental.

Se desprende del examen de la prueba que este tipo de préstamo ha causado un grave perjuicio al consumidor puesto que, pese a haber abonado durante más de diez años las cuotas, deben más de lo que pidieron al principio. Su resultado es claramente desproporcionado y no informado, por lo que la entidad incurrió en una clara negligencia con sus clientes.

El Juzgado nº 4 de Pontevedra estima íntegramente la demanda interpuesta por los socios de Asufin y declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa. Esto conlleva que la cantidad adeudada sea el saldo vivo de la hipoteca referenciada a euros, restando la cantidad amortizada hasta la fecha en concepto de principal e intereses. Bankinter deberá asumir todos los gastos derivados de este cumplimiento, así como las costas del presente procedimiento.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.

A pesar de llevar más de diez años pagando las cuotas, los contratantes deben más dinero del solicitado en un primer momento

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