Una Erasmus huye a Pontevedra tras sufrir abusos sexuales

La joven, de nacionalidad italiana, fue atacada por un repartidor en su domicilio en Ourense y decidió trasladarse a la ciudad del Lérez

Una joven de nacionalidad italiana que escogió Ourense para, a través del programa Erasmus, continuar con sus estudios en octubre de 2015, acabó refugiándose en Pontevedra tras ser objeto de un episodio de abusos sexuales por parte de un repartidor que acaba de ser condenado por la Audiencia Provincial de la ciudad de As Burgas.

"Desde ese día tenía miedo y no quería salir sola a la calle", desvela el dictamen, que añade que "al final se fue para Pontevedra para continuar allí sus estudios".

Los hechos se produjeron el 21 de octubre de 2015, cuando la joven se encontraba sola en el domicilio que compartía con otros estudiantes.

"Sobre las 11.45 horas, el repartidor timbró y ella le abrió la puerta. Le dijo que tenía que mostrarle la documentación, por lo que ella se dirigió a su habitación a buscarla. Al volver se encontró al repartidor en el interior del domicilio, mirando la cocina y el salón, ya que las habitaciones estaban cerradas", detalla la sentencia.

"Cuando le enseñó la documentación le preguntó cuánto tiempo llevaba en España, dónde estudiaba, cuánto tiempo se iba a quedar y otras cosas, para al final preguntarle si le gustaban los chicos españoles", añade el dictamen.

"Se acercó e intentó besarla en la boca. Ella le empujó contra la pared y él intentó volver a besarla en la boca. Ella le volvió a empujar, más fuerte, y le echó de casa, cerrando la puerta", concluye la sentencia.

El autor de los hechos, que llamó por teléfono a la víctima para ofrecerle unas supuestas disculpas, fue condenado en primera instancia a un año y medio de cárcel. La Audiencia de Ourense, sin embargo, consideró oportuno rebajar el tiempo de la condena a nueve meses de prisión. Lo hizo al entender que los abusos sexuales se quedaron en tentativa, con un criterio diferente al del primer magistrado que juzgó los hechos.

A la pena de prisión se añade, en todo caso, una orden de alejamiento y de prohibición de la comunicación por cualquier vía del condenado con la víctima por un período de dos años y seis meses.

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