El conflicto del burka en España

El planteamiento del Ministerio del Interior de España de regular la prohibición del burka por motivos de seguridad no es algo nuevo en ese país, donde la polémica llegó incluso al Tribunal Supremo.

Durante un acto público el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, fue preguntado por la decisión de algunos ayuntamientos de prohibir el uso de esa prenda, que ha sido cuestionada por las autoridades judiciales.

Fernández Díaz expresó su opinión personal sobre el uso del burka y dijo que "atenta contra la dignidad de las mujeres" y aprovechó para sugerir que se podría regular en el marco de una ley actualmente en trámite en el Parlamento referida a diversos aspectos de seguridad ciudadana.

La alusión del ministro recupera un debate que ya se dio cuando el Tribunal Supremo anuló la ordenanza de Lérida, la primera ciudad en aprobar la prohibición del uso del velo integral en dependencias municipales en 2010, por considerar que limitaba la libertad religiosa.

Cataluña es la región donde ha habido un debate más intenso sobre este asunto y, de hecho, más de una docena de gobiernos locales, aprobaron ordenanzas similares, a las que hay que sumar la del municipio andaluz de Coín en la provincia de Málaga.

El pasado 18 de julio el Ayuntamiento Reus, también en Cataluña, aprobó las ordenanzas de civismo que impiden ir con la cara tapada en la vía pública, aunque del texto final se eliminaron los conceptos de burka -que cubre todo el cuerpo y tiene una rejilla para ver- y el niqab -un velo negro de pies a cabeza-.

Como consecuencia, la normativa prevé sanciones de 750 euros (más de 975 dólares) para quien circule con el rostro tapado por la calle, aunque no se podrá multar a las mujeres que usen velo integral.

La regulación del uso del burka y el niqab en espacios públicos también está prevista en la memoria de la ley del espacio público del Gobierno catalán, como ya avanzó a finales de julio pasado Ramón Espadaler, conseller de Interior de Cataluña

Para el ministro del Interior español, Jorge Fernández Díaz, la única dimensión que tiene este asunto es la de la seguridad, ya que esta prenda, de la que personalmente piensa que "atenta contra la dignidad de las mujeres", puede dificultar la identificación de una persona durante una protesta.

Pero cuando este tipo de medidas llegaron al Tribunal Supremo de España, el alto tribunal optó por poner freno al "limite para el ejercicio fundamental de libertad religiosa que la prohibición del velo integral supone" y recordar además que una ordenanza municipal no puede legislar en materia de derechos fundamentales.

El caso que se plantea ahora es distinto, porque la regulación del burka se incluiría en el proyecto de ley de seguridad ciudadana que se tramita en el Congreso español y que contempla sanciones administrativas para las personas que vayan embozadas a las manifestaciones e impidan así ser identificadas.

La sentencia del Tribunal Supremo que anuló la prohibición del velo islámico aprobada por las autoridades de Lérida también sugería para poder regular el uso del burka la "exigencia indeclinable" de una ley previa, que hasta ahora no existe en España.

Eso cambiaría si finalmente la ley de seguridad ciudadana incluye su regulación.

El uso del velo islámico, del burka y otras prendas para ocultar el rostro de la mujer es objeto de un "intenso debate tanto en España como antes en otros países", reconocía el Tribunal Supremo en su sentencia, que también recordaba que en nuestro entorno occidental "no existe en general dicha prohibición, pese a que en distintos países han surgido propuestas" en este sentido.

Sin embargo, en Francia sí hay una ley en vigor desde 2011 que prohíbe llevar burka o velo integral en el espacio público y que además fue avalada por el Tribunal de Derechos Humanos Europeo, que entendió la necesidad de las autoridades "de identificar a los individuos para prevenir atentados contra la seguridad de las personas".

Una tesis muy parecida a las explicaciones ofrecidas por el ministro español, que además podría influir también en futuras interpretaciones de los tribunales de ese país.

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