La pena máxima avanza hacia la derogación en un clima de tensión

Tras el rechazo de las enmiendas a la totalidad del PP y Ciudadanos, la norma continúa un lento camino hacia su final ▶Casi tres millones de personas han firmado la petición de Change.org para mantener esta figura penal
 

Centro penitenciario de A Lama. DP
photo_camera Centro penitenciario de A Lama. DP

La prisión permanente revisable (PPR) ha vuelto a saltar a la opinión pública tras la muerte de Gabriel Cruz, el niño de ocho años que desapareció en Almería y cuyo cadáver fue encontrado en el maletero de la pareja de su padre. En este contexto, el pleno del Congreso dio un paso más este jueves para derogarla. Lo hizo tras rechazar las dos enmiendas a la totalidad del PP y Ciudadanos, que pretendían ampliar sus casos de aplicación y endurecer el Código Penal, respectivamente, especialmente en los casos de reincidencia, al tiempo que trataban de paralizar el trámite de derogación de esta figura propuesto por PNV. La suma de PSOE, Unidos Podemos, PDeCAT, Esquerra Republicana de Catalunya, Bildu y los nacionalistas vascos ha echado abajo ambas propuestas. Ahora se abre un plazo de presentación de enmiendas parciales al texto que plantea su derogación, que sigue con su tramitación en la Cámara Baja.

Desde que fuera aprobada en marzo de 2015, la PPR se ha convertido en un foco de polémicas, de debate e incluso tensión entre quienes la apoyan y sus detractores, siendo una de las medidas más cuestionadas en los últimos tiempos a nivel político y social.

Quienes se oponen a ella consideran que es una cadena perpetua maquillada y contraria al principio de reinserción. Quienes la apoyan argumentan que es proporcional a la crueldad de determinados crímenes, que otros países europeos la tienen y que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la considera ajustada a los convenios internacionales que los regulan.

Todos los grupos de la oposición promovieron un recurso de inconstitucionalidad que todavía no se ha resuelto
 

Por un lado, casi 3.000.000 de personas han firmado la petición registrada en Change.org por los familiares de Candela y Amaia Oubel Viéitez, Marta del Castillo, Mari Luz Cortés, Ruth y José Bretón Ortiz y de Diana Quer para pedir al Congreso que no apruebe la proposición de ley de derogación de esta figura penal. En el ámbito político, a sus voces se unieron las de PP y Ciudadanos, aprobando incluso un anteproyecto de ley para ampliar los delitos penados con prisión permanente revisable.

Por otra parte, un gran número de expertos jurídico se muestran en contra de esta figura, como los cerca de 200 penalistas que han firmado el manifiesto del Grupo de Estudios de Política Criminal o los 106 catedráticos de Derecho Penal de universidades españolas que se unen en otro texto en el que defienden que sea derogada porque, además de no disuadir de la comisión de delitos más graves, pone en peligro valores democráticos. En el plano político, en la misma línea se pronuncian PSOE, Podemos, PNV y los partidos nacionalistas.

Todo esto a la espera de que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso de inconstitucionalidad promovido por los grupos de la oposición ante la consideración de que contraviene ciertos principios de la Constitución, como la prohibición de penas inhumanas o los de proporcionalidad y de culpabilidad.

LAS CLAVES. La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad que existe en el Código Penal español. Fue aprobada en marzo de 2015 como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con los únicos votos a favor del Partido Popular, que entonces gobernaba con mayoría absoluta. 

Su principal característica es que, cumplida una parte de la condena que oscila entre 25 y 35 años, un tribunal valora las circunstancias del penado y decide si la prisión debe ser mantenida.

Sin embargo, solo puede imponerse en ciertos supuestos de gravedad (cuando la víctima de un asesinato sea menor de 16 años o especialmente vulnerable, cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, asesinatos múltiples, terrorismo, delitos contra la Corona, homicidio de jefes de Estado extranjeros, asesinato después de secuestro, violaciones en serie, y en los supuestos de genocidio o de crímenes de lesa humanidad). 

En estos tres años, en España solo se ha aplicado una vez. Fue el 6 de julio de 2017, cuando la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó a David Oubel, que reconoció haber degollado a sus dos hijas, de 4 y 9 años, en Moraña en julio de 2015. Ahora, Ana Julia Quezada podría ser la segunda condenada. Si se demuestra que la muerte de Gabriel fue asesinato y no homicidio, como intentó hacer creer en su declaración, en la que aseguró que habían discutido y que le dio un golpe fortuito, la Fiscalía podría pedir esta pena para ella, una opción que ni su abogado descarta.

Hasta su entrada en vigor se establecían unos límites de 25, 30 o 40 años de cárcel, aunque se reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación. El español (aprobado en 1995) es uno de los códigos penales más duros de Europa. Sucesivas modificaciones (32 en 23 años), llevadas a cabo muchas veces para contentar a una sociedad consternada por trágicos sucesos, lo han ido endureciendo. Esto choca con la tasa de criminalidad, la tercera más baja del continente, y ayuda a comprender por qué el tiempo medio de estancia en las cárceles españolas se ha duplicado desde 1996, llegando a 17 meses, frente a los ocho de Alemania y Bélgica, los 2,8 de Holanda o los 13 de Italia.


ASÍ SE LEGISLA EN EL MUNDO
Salvo Portugal, todos los países de la UE tienen medidas similares, pero con plazos de revisión menores
Portugal: Es el primer país del mundo en el que se abolió la cadena perpetua (1884). La máxima pena que recoge la ley es de 25 años de cárcel.
Italia: En 1944 la cadena perpetua o ‘ergastolo’ sustituyó a la pena de muerte. Para optar a la libertad condicional deben cumplirse al menos 26 años de la pena impuesta.
Francia: La pena más dura es la de ‘perpetuidad irreducible’, creada en 1994. El cumplimiento mínimo de la condena es de 18 años y 22 para reincidentes.
Reino Unido: En Inglaterra y Gales cualquier asesinato conlleva la cadena perpetua, si bien el preso puede optar a la libertad condicional tras un plazo que fija el juez.
Alemania: El Código Penal prevé una ‘pena de por vida’ para delitos graves, pero tras un mínimo de 15 años un nuevo tribunal debe examinar cada caso.
Noruega, Suecia y Finlandia: Existen condenas equivalentes a la cadena perpetua que en Noruega se revisan a los 10 años, en Finlandia a los 12 y en Suecia a los 18.
Estados Unidos: Dependiendo del estado, el convicto puede solicitar la libertad condicional después de 10, de 15 o de 25 años o enfrentarse a ‘cadena perpetua indeterminada’.
Japón: La cadena perpetua es uno de los castigos más severos, aunque también existe la pena de muerte. El reo debe cumplir 10 años para poder solicitar la condicional.

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