Once años de cárcel por intentar asesinar a su mujer en un hotel en Vigo

La sentencia determina que es autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, e impone al empresario una orden de alejamiento durante 18 años y el pago de una indemnización de 16.000 euros
 

Carlos Inácio Pinto, durante un juicio anterior. SALVADOR SAS
photo_camera Carlos Inácio Pinto, durante el juicio. SALVADOR SAS

La Audiencia de Pontevedra ha condenado a once años y cuatro meses de prisión a Carlos Inácio Pinto, un empresario portugués que intentó asesinar a su mujer en el interior de la habitación de un hotel de Vigo en marzo de 2016.

La sentencia, divulgada este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, determina que es autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, e impone al empresario una orden de alejamiento durante 18 años y el pago de una indemnización de 16.000 euros.

El tribunal pontevedrés considera probado que Carlos Inácio Pinto intentó "acabar con la vida" de su mujer, Eliza G.G.P., cuando apareció "por sorpresa y por detrás" de la víctima cuando ésta se estaba duchando en el baño.

Las magistradas sostienen que golpeó a la mujer "reiteradamente" con una maza en la parte trasera de la cabeza, la agarró "con fuerza" por el cuello con ambas manos y le dio golpes con la cabeza contra el suelo.

La víctima consiguió abrir la puerta y salir de la habitación y, una vez en el pasillo, fue auxiliada por personal del hotel que había acudido a la zona alertado por los gritos de la mujer y los fuertes golpes.

El fallo muestra el "convencimiento" del tribunal de que fue el acusado quien golpeó con la maza a su esposa, causándole las lesiones descritas por los forenses.

La declaración de la víctima, según las juezas, es "creíble, persistente y verosímil" pues está corroborada por las declaraciones del personal del hotel, por los informes forenses y por el testimonio de los peritos. 

Además del agravante de parentesco, la Audiencia considera que concurre alevosía, pues subraya que la víctima se encontraba con su esposo en la habitación del hotel "sin que consten discusiones previas, sino una situación de absoluta normalidad entre las partes". 

Las magistradas añaden en su sentencia que la mujer estaba "desprevenida" ante el ataque, al encontrarse en una situación doméstica que la tenía "relajada" y que le impidió reaccionar ante la "imprevisibilidad" de la acción protagonizada "por la que persona con la que convivía día a día" sin que se hubiera producido ningún enfrentamiento.

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