El patinete trucado para correr a más de 100 km/h aviva el debate sobre su uso

Los policías que lo seguían en Vigo por saltarse un semáforo en rojo solo lo alcanzaron cuando el conductor se detuvo ►La DGT, que en diciembre publicó una instrucción básica provisional, establece como velocidad máxima los 25 km/h
El patinete modificado que requisó la Policía Local el viernes, que podía superar los 100 km/h. EP
photo_camera El patinete modificado que requisó la Policía Local el viernes, que podía superar los 100 km/h. EP

El furgón policial no conseguía darle caza. Con estas palabras resume la Policía Local de Vigo el aprieto en el que puso a los agentes el conductor de un patinete eléctrico que, momentos antes, se había saltado un semáforo en rojo. Es uno de los ejemplos de unas situaciones que, cada vez con más frecuencia, se pueden observar en las ciudades gallegas, donde la proliferación de este tipo de vehículos de movilidad personal (VMP) impone un importante cambio en el uso del trazado urbano que trae consigo nuevos retos para ajustar la convivencia entre estos usuarios, los peatones y el tráfico rodado, y para garantizar la seguridad de todos ellos.

Poco antes del mediodía del viernes, una dotación de atestados de la Policía Municipal viguesa se encontraba en la confluencia de las calles Fotógrafo José Gil y Florida cuando, frente a ellos, un patinete eléctrico hacía caso omiso al disco rojo del semáforo y atravesaba el cruce. Al emprender su persecución para darle el alto e identificarlo, los agentes constataron que el infractor iba a una velocidad que superaba ampliamente los 25 kilómetros por hora que fija como máximo la Dirección General de Tráfico para esta clase de vehículos. "Difícilmente podían seguirlo con el furgón", explican fuentes del cuerpo. De hecho, lo alcanzaron porque el conductor se detuvo por sí solo. La consiguiente inspección del aparato reveló el porqué de esta rapidez: la limitación de velocidad, que el modelo tenía marcada justo en el tope que establece la DGT, había sido modificada. Al acelerarlo con las ruedas despegadas del pavimento, el velocímetro se disparaba hasta los 99 km/h. Y si no superaba dicha cifra es porque la pantalla solamente disponía de dos dígitos.

En 2018, los patinetes eléctricos se vieron involucrados en España en 273 accidentes, en los que hubo cinco fallecidos

La instrucción básica de la DGT, publicada a principios de diciembre, advierte específicamente de los aparatos comercializados como vehículos de movilidad personal "pero que no lo son". Aparte de ciertas características técnicas, lo esencial es que sean de una única plaza y que esté propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Por debajo de ese límite tienen la consideración de juguetes y, por encima, de ciclomotores, lo que implicaría ya el requisito de autorización administrativa para circular y para conducirlo.

Los patinetes eléctricos –y los segway, los hoverboard, hoverkart o incluso las sillas de ruedas eléctricas–, no se requiere siquiera seguro obligatorio, con lo que las infracciones no se sancionan con la retirada de puntos del carné de conducir. Pero, eso sí, se denuncia con una sanción de 500 euros a los conductores que utilicen como si fueran vehículos de movilidad personal máquinas que superen las prestaciones máximas delimitadas o que las hayan manipulado para alterar la velocidad o las características técnicas, como el caso detectado en Vigo.

MARGEN LOCAL. Pero la normativa de la DGT es un marco para clarificar de forma provisional, hasta que se tramite la regulación formal, una serie de criterios que permitan restringir tanto la presunta impunidad que a veces se les atribuye a los conductores de los VMP como su protección frente a otros usuarios de la calzada –el único espacio donde pueden pilotarse–. En 2018, los patinetes eléctricos se vieron involucrados en 273 accidentes en España, con cinco fallecidos. En este contexto, los gobiernos municipales están facultados para regular cuestiones como el uso de sistemas de protección o las áreas de estacionamiento.

En Galicia los patinetes van in crescendo, aunque los conflictos no son tan acusados como en ciudades más populosas como Madrid o Barcelona. Así, A Coruña, Pontevedra o Vigo registran un número elevado de patinetes y algunos incidentes de pequeña entidad, denuncias y multas, aunque desde los municipios reconocen que no se dan problemas importantes de convivencia. En el lado opuesto, Ourense, Ferrol o Santiago consideran que la presencia de patinetes eléctricos en sus calles es todavía ocasional y el nivel de denuncias o quejas, residual. Muestra de ello es que, por el momento, no hay que lamentar ningún accidente fatal con un patinete implicado. Es cierto que el pasado día 12 falleció un usuario cuando circulaba por Campelo, pero se apunta a que su muerte se debió a una indisposición previa.

Dentro de este proceso regulador en marcha, el caso de Lugo es uno de los más particulares, dado que, hasta la normativa de la DGT, iba contracorriente al obligar a los patinetes eléctricos a circular por la acera. De ahí que el Concello iniciara ya en diciembre los trabajos para adaptar la ordenanza de circulación a esta nueva circunstancia, si bien con la posibilidad de que los VMP puedan circular por las calles peatonales al igual que ocurre con las bicicletas, con un máximo de 10 km/h.

¿Qué sanciona la norma de la DGT?
1. Zonas de circulación
stá prohibido viajar con los VMP por aceras y zonas peatonales. Sin perjuicio de lo que digan las ordenanzas municipales, la infracción grave se multa con 200 euros.

2. Alcohol y drogas
Los usuarios están obligados a someterse a los controles de alcohol y drogas. Salvo que la Fiscalía provincial determine otros criterios, negarse conlleva sanciones que oscilan entre los 500 y los 1.000 euros. Las mismas cantidades operan para los positivos. Para el alcohol, se toma como referencia la tasa general de 0,25 miligramos por litro de aire espirado.

3. Supuestos generales
A los conductores de MVP se les aplican todas las obligaciones que la legislación de tráfico establece para los conductores de vehículos, excepto las previsiones expresas aplicables únicamente para los ciclos, ciclomotores o vehículos a motor. Así, se prohíbe pilotarlos mientras se usa el móvil o se llevan auriculares y de noche requiere un alumbrado operativo y vestir prendas o elementos reflectantes. Los incumplimientos se penalizan con 200 euros.

Tampoco puede circular en él más de una persona. La multa es de 100 euros

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