El Supremo no atenúa la condena a un hombre que dejó a su mujer cerca del hospital tras pegarle

Debe cumplir catorce años y once meses tras abandonar a su expareja a 30 metros del centro después de propinarle una paliza

Hospital Povisa de Vigo. DP
photo_camera Hospital Povisa de Vigo. EP

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un hombre condenado a 14 años y 11 meses de prisión impuesto por la Audiencia Provincial de Pontevedra por un delito de tentativa de asesinato en Vigo, con las agravantes de parentesco y disfraz, por entender que no hubo arrepentimiento en su actuación, y ha confirmado la sentencia.

La sala de lo penal del alto tribunal rechaza, en una sentencia emitida el pasado día 29 de noviembre, aplicar el desistimiento activo y la atenuante de reparación al hombre que, después agredir a su expareja, la abandonó en el coche a 30 metros de la entrada de urgencias del hospital con un cuchillo clavado en el cuello.

El 12 de abril de 2015, según la sentencia, el hombre se dirigió en al domicilio de la víctima en Vigo, con quien mantuvo una relación de convivencia durante tres años, “con la intención de acabar con su vida”. Con la cara tapada y con guantes, para evitar ser identificado, esperó a que saliese y, justo en ese momento, le dio un puñetazo en la mandíbula y le asestó una puñalada en el costado. 

Después, según la sentencia, la arrastró por las escaleras y tras tirarla al suelo le clavó el cuchillo en el cuello con tal virulencia que el mango se rompió. 

El acusado accedió a las súplicas de la víctima, que se sujetaba el cuchillo con la mano, y la llevó en coche cerca del hospital Povisa y, una vez allí, persistió en su inicial propósito de acabar con la vida de la mujer, y la abandonó a pesar de que estaba grave y semiinconsciente, aunque la víctima hizo un último esfuerzo vital y logró aproximarse hasta el hospital donde fue atendida.

El Tribunal Supremo estima que a la vista de las pruebas practicadas “no hay duda razonable sobre el hecho de que el acusado no culminó su inicial acción de ayuda y dejó a su suerte a la víctima que no murió en ese momento por dos circunstancias puestas de relieve en la sentencia: el esfuerzo titánico que hizo para sobrevivir en el último momento y sus conocimientos médicos que le permitieron actuar de forma correcta evitando la hemorragia”.

“No puede afirmarse que el sujeto activo abandonara la progresión delictiva de su acción, en tanto que causó lesiones mortales a su víctima y la dejó abandonada a su suerte y, desde luego, no evitó de forma eficaz el resultado de muerte por una acción positiva de desistimiento, al interrumpir su propósito inicial de ayuda abandonando a la víctima", añade el texto.

El alto tribunal señala que el hombre accedió a los ruegos de la victima bajo la promesa de que no le denunciaría si la ayudaba, y la llevó a las inmediaciones de un centro médico, pero lejos de culminar su inicial intención de ayudarla, la dejó desamparada a una distancia entre 30 y 50 metros sangrando, con el cuchillo clavado en el cuello y semiinconsciente.

Los magistrados señalan también que no hay razón alguna para dudar de las manifestaciones de la víctima, que ha merecido el máximo crédito del tribunal, que fue “firme, precisa y persistente y, sobre todo, que su testimonio fue corroborado por pruebas testificales, periciales e incluso por la declaración del propio condenado".

El Tribunal Supremo considera conforme a derecho la calificación jurídico-penal de asesinato en grado de tentativa y asegura que también es correcta la aplicación de la agravante de disfraz al haberse utilizado un medio hábil para dificultar la identificación, aunque en este caso concreto no se hubiera podido evitar que la víctima le reconociera por la voz y la indumentaria.

También en la sentencia, contra la que no cabe recurso, rechaza aplicar las atenuantes de arrepentimiento del acusado y la prestación de auxilio a la víctima puesto que “el autor no completó su inicial propósito de prestar auxilio indirecto a la víctima, porque la dejó a una distancia considerable del lugar en el que podían ayudarla, de forma que sólo un esfuerzo descomunal y extremo de la propia víctima evitó su muerte”.