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40 años de ayuntamientos democráticos

Inscripción en el frontispicio del ayuntamiento de Pontevedra. DP
photo_camera Inscripción en el frontispicio del ayuntamiento de Pontevedra. DP

El próximo día 3 de abril se cumple el 40 aniversario de las primeras elecciones municipales que tuvieron lugar en nuestra recuperada democracia, en 1978. Curiosamente, las últimas elecciones constitucionales de 1931 y 1933 también se celebraron en el mes de abril y, en ellas, las candidaturas republicanas obtuvieron mayoría frente a las de los partidos monárquicos, hecho que fue determinante para la llegada de la Segunda República. Actualmente, las elecciones locales se celebran cada cuatro años, el último domingo de mayo.

Nuestra Constitución garantiza la autonomía de los municipios y establece que los ayuntamientos estarán integrados por su alcalde y concejales, elegidos por los vecinos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Hoy en día, cuando el independentismo en Cataluña y la extrema derecha de Vox en Andalucía parecen condicionar la estabilidad democrática, imponiendo sus ideas e hipotecando los gobiernos (autonómicos o central), los ayuntamientos han superado con éxito el paso del tiempo a pesar del mayor o menor grado de libertad permitida por los distintos sistemas políticos. Como baluartes de un sistema democrático en el que tienen mucho que decir, los ayuntamientos representan la revitalización de la idea democrática, en la que el municipio se presenta como célula de la vida comunitaria y primera escuela del aprendizaje social. Desde dicha célula se prestan los servicios más próximos y cercanos al vivir de la comunidad y al menor coste posible para sus vecinos. Así, el ayuntamiento representa a los vecinos que, unidos por un interés común, deben tener voz y voto en la decisión de sus problemas cotidianos, por lo que su existencia resulta crucial como servicio público eficaz para la vida comunitaria.

Todo esto no implica que nos hallemos al nivel de una monarquía parlamentaria como la inglesa, la más antigua del mundo. Hace pocos días, en las sesiones celebradas con motivo del brexit en el Palacio de Westminster, se confirmó la fortaleza de una tradición democrática y parlamentaria cuya esencia radica en su sistema electoral y cuyos diputados —a diferencia de los nuestros— no están sujetos a una disciplina férrea de partido.

Creo conveniente diferenciar los términos ‘ciudadano’ y ‘vecino’. El primero se refiere a las personas consideradas como miembros activos de un estado, titulares de derechos políticos y sometidos a sus leyes. El segundo hace alusión a aquellas personas que conviven en un mismo edificio, barrio o municipio, pero que pueden tener la ciudadanía en un país distinto al que residen. El vecino está inscrito en un padrón municipal —registro administrativo de residentes que se va actualizando de manera permanente—, mientras el ciudadano de un país figura en un censo de población donde constan sus datos demográficos, económicos y sociales.

A partir de 1979 los ayuntamientos abrieron el camino a la normalidad democrática y a su vertebración política, convirtiéndose en auténticos motores del cambio social y la consolidación de nuestro sistema, iniciando así una nueva etapa en la historia de España. La evocación de este 40 aniversario nos recuerda el triunfo del diálogo, la participación, el compromiso y la responsabilidad que nos conducen al camino del progreso.

Transcurridos estos años, comprobamos cómo se han transformado nuestros pueblos y ciudades en pro de la libertad y de la convivencia ciudadana. Ellos son el marco por excelencia de la convivencia civil y su historia es, en buena medida, la historia de Occidente. Tanto en España como en Europa el progreso y el equilibrio social han estado asociados, desde la antigüedad, al esplendor de la vida en la urbe (burgo) y al consiguiente florecimiento de la vida municipal.

En la historia de nuestro municipalismo conviene mencionar el que es considerado por algunos el primer ayuntamiento elegido democráticamente por sufragio popular (1773): el de Brosoñera, en las Islas Canarias. Sin embargo, otros afirman que José I Bonaparte ordenó en 1810 nombrar un grupo de vecinos para conformar la primera corporación municipal en el Real Sitio de San Ildefonso (Segovia), bajo el imperio del Estatuto de Bayona de 1808.

En todo caso, los primeros ayuntamientos constitucionales nacen tras la promulgación de la Constitución de 1812, en cuyo artículo 309 se decía que: “Para el gobierno interior de los pueblos habrá ayuntamientos compuestos de alcalde o alcaldes (…)”. Más tarde, el liberalismo introdujo reformas centralizadoras y en 1840 se insistía en el control del poder local por el gobierno. Durante el Bienio Progresista se liberaliza el poder local y la Revolución de 1868 introduce nuevas modificaciones. En la Primera República se legisla un profundo cambio a través de una ley que daba por primera vez una amplia autonomía y un régimen plenamente democrático a los ayuntamientos.

Modificación tras modificación, se llegó a las elecciones de 1931 que, junto con las parciales celebradas en 1933, fueron las últimas constitucionales.. La dictadura nos sumergió en un largo período en el que, como decía Celso Emilio Ferreiro en uno de sus poemas, nos tocó vivir a longa noite de pedra… y no solamente en la vida municipal. Durante todos esos años vivimos con el eufemismo de ‘democracia orgánica’, en la que la representación popular no se ejercía a través del sufragio universal sino de un sistema supuestamente basado en las relaciones naturales —familia, municipio y sindicato— que rechazaba el parlamentarismo y los partidos políticos.

Debo mencionar que, a principios de los 80, un grupo de alcaldes de distinto signo político y procedencia (Barcelona, Córdoba, Madrid, Málaga, Móstoles, Oviedo, Toledo, Pontevedra, Valencia, Valladolid, Victoria, Vigo ...) conseguimos superar nuestras diferencias para trabajar por un mismo objetivo: crear una federación de entes locales. Así, en junio de 1981 nació en Málaga la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), de cuya ejecutiva de fundadores tuve el honor de formar parte.

Luego, preocupados por nuestra integración en Europa, nos adelantamos a nuestro propio gobierno estatal —que no firmaría el Tratado de Adhesión a la Unión Europea hasta el 1 de enero de 1986— y entramos a formar parte del Conseil des Communes d’Europe, con sede en París, donde firmamos la Carta de Autonomía Local de Europa. Desde allí, junto con otros líderes europeos del municipalismo, fuimos admitidos como miembros de pleno derecho en la Conferencia de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa en Estrasburgo, la organización política más antigua (1949) que persigue los ideales de la integración europea y cuya sede de encuentra en el edificio que hoy ocupa el Parlamento europeo.

A pesar de los avances experimentados en lo que a democracia local se refiere, conviene señalar la precariedad que Galicia viene sufriendo respecto del reconocimiento efectivo de la personalidad jurídica de la parroquia rural. Tanto el Estatuto de Galicia de 1936 como el vigente de 1981 (artº 40) se refieren a esta entidad de población, típica de nuestra olvidada y diseminada población rural. Existen 3.772 parroquias en los 314 municipios gallegos (14 en Pontevedra), cuya naturaleza bien pudiera equipararse a la de los ‘montes vecinales en mano común’. A pesar de su ancestral arraigo en nuestra tradición religiosa y civil, la representación territorial de las parroquias brilla por su ausencia en nuestras corporaciones locales. A este respecto, debieran nuestros legisladores haber seguido el ejemplo de Portugal, que ha dado a las feligresías —equivalente de nuestras parroquias— representación en sus cámaras o concelhos. El ejemplo de nuestro país vecino sería perfectamente aplicable aquí; así de entre todas las candidaturas que hayan concurrido en un municipio, el representante de cada parroquia sería aquel que hubiera obtenido en ella el mayor número de votos.

Finalmente, debo recordar que han sido 34 los alcaldes que Pontevedra ha tenido en los últimos cien años, incluido el actual y sus ya casi 20 años de mandatos sucesivos. Si bien es cierto que los anteriores regidores hemos vivido tiempos convulsos, también lo es que, teniendo en cuenta la longevidad del presente mandato, no contaríamos con más de cinco alcaldes en todo un siglo. Dicha longevidad constituye sin duda un récord de reconocimiento por parte de los vecinos, pero entiendo —desde mi propia experiencia— que puede ser excesiva; la democracia consiste en renovarse o languidecer. Personalmente, creo que sería saludable para nuestra democracia una ley que limitase el numero de mandatos consecutivos de un mismo regidor o cargos electos.

Para terminar, quiero referirme al bello edificio decimonónico —mezcla de diferentes estilos y épocas— que ocupa nuestra casa consistorial y que nos recibe en su entrada con estas poéticas palabras: Fundote Teucro valiente de aqueste río en la orilla para que en España fueses de villas la maravilla. Algunos dicen que ya hemos conseguido ser de villas la maravilla y que incluso hemos logrado extender nuestro modelo más allá de nuestras orillas… y de nuestras fronteras.

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