El 70% de los municipios gallegos quedan libres de franjas horarias

Podrán abrir el interior de los bares
Personas paseando por Pontevedra con mascarilla. GONZALO GARCÍA
photo_camera Personas paseando por Pontevedra con mascarilla. GONZALO GARCÍA

Un total de 219 de los 313 ayuntamientos gallegos, es decir, el 70 por ciento del total, tienen menos de 10.000 habitantes y una densidad de población inferior a 100 personas por kilómetro cuadrado, lo que significa que se pueden beneficiar de las nuevas medidas publicadas este viernes por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que contempla que quedarán libres de franjas horarias para los paseos y para el deporte y que sus bares y restaurantes podrán abrir sus espacios interiores. 

Según apunta la Xunta a través de un comunicado, "la gran mayoría" de estos ayuntamientos "ya tenían parroquias libres" de franjas horarias -aquellas de menos de 5.000 habitantes-, pero ahora esta potestad se amplía a todo el término municipal. 

Son medidas anunciadas por el Ejecutivo central el pasado domingo, día 17, pero que no se recogían en el BOE hasta este viernes. Tras ello, el delegado del Gobierno en Galicia, Javier Losada, dijo que "correspondía" a la Xunta decidir qué municipios, pueblos o núcleos cumplen estas condiciones. 

Así, en la tarde de este viernes, la Vicepresidencia autonómica ha publicado la lista de ayuntamientos que ven relajadas las medidas del confinamiento, aunque ha aprovechado la nota de prensa para apuntar: "Nuevamente, la Delegación del Gobierno en Galicia pidió a la Xunta que interpretase la orden del Gobierno central, a diferencia de lo ocurrido en Asturias, donde fueron los propios ayuntamientos los que aplicaron la norma". 

"Sacar una orden un día como hoy, viernes, para la fase 0 y 1, cuando ya hoy, viernes, nos van a decir qué Comunidades Autónomas pasan a la fase 2 es algo un poco sorprendente"

Al respecto, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, señaló este mismo viernes que la orden recogida por el BOE "tiene muy poco recorrido", ya que está destinada a los territorios en fase 0 y 1 mientras gran parte del Estado, también las cuatro provincias gallegas, pasarán a la fase 2 el lunes. 

"Sacar una orden un día como hoy, viernes, para la fase 0 y 1, cuando ya hoy, viernes, nos van a decir qué Comunidades Autónomas pasan a la fase 2 es algo un poco sorprendente", apuntó el mandatario gallego, en una rueda de prensa celebrada antes de que el Ministerio de Sanidad confirmase que Galicia avanzaba en la desescalada.

NO SE APLICA POR PARROQUIAS. La orden que recoge este viernes el BOE, señala la Xunta, "se hace imposible" de aplicar por parroquias, como sí se había hecho con el relajamiento de las medidas en núcleos de 5.000 o menos habitantes. Esto es así porque "ninguna" de las parroquias situadas en municipios entre 5.000 y 10.000 vecinos reúne el requisito de tener una baja densidad de población. 

No obstante, aclara el Gobierno gallego, todas las parroquias de menos de 5.000 habitantes seguirán teniendo libertad horaria para hacer deporte como hasta ahora, aunque tengan más de 100 vecinos por kilómetro cuadrado, "ya que no se entendería que ahora se viesen perjudicadas". 

En los municipios de menos de 10.000 habitantes, los desplazamientos se podrán realizar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros

Al hilo de todo ello, la Xunta recuerda que todavía "no recibió respuesta" a su solicitud de la semana pasada en la que pedía que se suprimiesen las franjas horarias y la limitación de no poder salir del municipio en la práctica deportiva en toda Galicia.

MEDIDAS DESDE ESTE VIERNES. De acuerdo con la orden que recoge este viernes el BOE, los miembros de una familia que residan en el mismo domicilio podrán salir a pasear juntos desde este 22 de mayo en los municipios de menos de 10.000 habitantes. 

En el caso de los desplazamientos por parte de los menores de 14 años, no será de aplicación el límite de un adulto responsable y hasta tres niños, pudiendo realizar dichos desplazamientos todos los convivientes en dicho domicilio. También se flexibiliza la distancia para realizar dichas salidas y que hasta ahora estaba restringida a un máximo de un kilómetro. 

En los municipios de menos de 10.000 habitantes, los desplazamientos se podrán realizar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia. 

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo

Tampoco serán de aplicación en estas zonas las franjas horarias para la población infantil ni para la práctica de deporte. En la actualidad, las salidas de los niños podían realizarse en horario de 12 a 19 horas y quienes querían practicar deporte entre las 6 y 10 de la mañana y las 20 y 23 horas. Estas franjas horarias siguen vigentes en los municipios de más de 10.000 habitantes. 

Asimismo, para la población de hasta 70 años también se eliminan las franjas horarias ya que pueden realizar la actividad física no profesional al aire libre en cualquier momento a excepción de las horas comprendidas entre las 10 y las 12 y entre las 19 y las 20 horas, que quedan reservadas a los mayores de 70 años. 

En el caso de velatorios y entierros, será de aplicación en estos municipios lo previsto en la orden del 16 de mayo que recoge que puedan realizarse, en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo. 

Los municipios podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a los espacios naturales de su competencia cuando consideren que existe riesgo de formación de aglomeraciones

En el caso de bibliotecas, podrán abrirse para actividades de consulta con un tercio del aforo. Las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas. 

Para el cumplimiento de las normas, los municipios podrán adaptar de zonas verdes y otros espacios libres, incluidos montes comunales o municipales; la definición de viales para bicicletas, patinetes y vehículos similares, y para viandantes; el acceso a la ordenación de la circulación en sentidos únicos; la zonificación de las zonas de baño público en playas, ríos o lagos cuando esté permitido, o el empleo de mobiliario semipermanente que permita una distribución horaria del espacio público. 

Igualmente, los municipios podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a los espacios naturales de su competencia cuando consideren que existe riesgo de formación de aglomeraciones. Dichas medidas incluirán, entre otras, el control del aforo de los aparcamientos y de las sendas de acceso, así como el reforzamiento de la vigilancia en materia de protección del medio natural. 

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