Archivada la causa de las preferentes de la CAM tras retirarse las acusaciones particulares

La Fiscalía había solicitado que se aplicara la doctrina Botín y se sobreseyera la causa

Roberto López Abad (derecha) y María Dolores Amorós, con otros directivos de la CAM en un juicio en 2017. FERNANDO VILLAR
photo_camera Roberto López Abad (derecha) y María Dolores Amorós, con otros directivos de la CAM en un juicio en 2017. FERNANDO VILLAR

La Audiencia Nacional ha decidido este jueves archivar la pieza separada que investigaba la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) al haberse retirado las acusaciones particulares al inicio del juicio el pasado 4 de julio.

Ese día, la Audiencia Nacional suspendió sine die el juicio, en el que la Fiscalía no ejercía cargos contra ninguno de los directivos, después de que las acusaciones particulares se retiraran dejando a Adicae, que ya ha anunciado que recurrirá la decisión, como única personada.

Por el contrario, el Ministerio Público solicitó, al igual que el resto de acusaciones con excepción de Adicae, que se aplicara la denominada doctrina Botín y se sobreseyera la causa.

En rueda de prensa, el presidente de la asociación, Manuel Pardos, ha dicho que "Botín ha resucitado para defender a los corruptos", y ha lamentado este "invento de la justicia española" que "sólo busca favorecer a los acusados y debilitar a la acusación popular.

Adicae ya ha anunciado que recurrirá la decisión del tribunal

Al respecto, ha afeado la "vergonzosa actuación" de la Fiscalía que "ni ha querido ni ha dejado investigar los indicios claros de oscuras maniobras" en la comercialización de preferentes, un "fraude organizado e intencionado para salvar los lamentables balances de las cajas en quiebra".

La llamada doctrina Botín fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín.

Posteriormente, fue corregida por el propio Supremo con la denominada doctrina Atutxa, que establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa, con el objetivo de salvaguardar los derechos del acusado.

Los acusados eran los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós por presunta estafa en la venta de preferentes

Hoy, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal señala que no hay margen de actuación a la pretendida acusación en solitario de Adicae, pues los intereses públicos y particulares reunidos en el procedimiento "han manifestado su tajante voluntad de retirada".

Los acusados eran los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós por presunta estafa en la venta de preferentes; ambos fueron condenados en octubre de 2017, junto a otros dos antiguos miembros de la cúpula de la entidad, a tres años de cárcel por "distorsionar" los estados contables entre 2010 y su intervención en 2011, "vulnerando" la imagen de la CAM en momentos de grave crisis.

El auto, firmado por el magistrado Juan Francisco Martel como ponente, destaca que los delitos que provisionalmente se han venido atribuyendo a los acusados no protegen bienes jurídicos difusos, colectivos, ni metaindividuales, cuya defensa no hubiera sido susceptible de ser monopolizada por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares.

La irrelevancia criminal de los hechos descarta cualquier pretensión penal, añade el auto, que recuerda que la mayoría de afectados por las preferentes han recuperado su inversión y "no se constata la existencia de más supuestos perjudicados".

Para respaldar su presencia como acusación popular, Adicae alegaba que no se ha condenado el "fraude inmenso y nunca visto en España ni en Europa" ocasionado a las cajas de ahorros, ni el daño provocado "a la sociedad y a la economía españolas".

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